Opinión

Juez constitucional

Juez constitucional

En nuestro país existe la creencia, muy generalizada por cierto, de que los únicos jueces constitucionales son los miembros del Tribunal Constitucional (TC). Y este criterio se manifiesta tanto en muchos dominicanos de a pie como en profesionales de áreas diferentes al Derecho. Cuesta trabajo aceptar que un abogado incurra en ese garrafal error conceptual.
Pensamos que semejante opinión tiene su razón de ser en el proceso de embrutecimiento en que los malos gobernantes mantienen a las grandes mayorías nacionales. Les han amputado la facultad de pensar, para que sean incapaces de criticar. Les han enseñado a fundamentar sus opiniones en la percepción mas ligera y superficial de los hechos. Por eso no saben distinguir las apariencias de las esencias. Así los políticos demagógicos, oportunistas, patrimonialistas y clientelistas manipulan las masas a su antojo.
También es bueno admitir que el protagonismo que viene exhibiendo el TC en los medios de comunicación de masas y en las redes sociales, con la publicidad que reciben algunas de sus sentencias, incide bastante en la consideración que venimos comentando. Esto así porque se resalta con esmero la interpretación y aplicación de la Constitución que hace esa jurisdicción especializada. Y es provechoso para la democracia que el TC se siga proyectando y fortaleciendo en la conciencia ciudadana.
Ahora bien, la verdad que nadie puede confundir ni ignorar es que todos los administradores de justicia de la República son jueces constitucionales. Desde el juez de Paz hasta el miembro del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, dentro del orden judicial, y cada uno de los magistrados de las llamadas altas cortes, como el Tribunal Superior Electoral y el mencionado TC, gozan por igual de esa condición.
Todos los jueces dominicanos somos constitucionales formalmente porque la Ley de leyes nos consagra con esa elevada condición. Y con esta categoría, los hombres y mujeres que decidimos los pleitos judiciales, tenemos un poder inmenso. Pero como se ha dicho muchas veces, un gran poder conlleva siempre una alta responsabilidad.
La tarea más importante en la actualidad de nuestros juzgadores es transformar la formal categoría de jueces constitucionales en una condición que sea real, concreta y consciente. Para que prolifere el juez garantista de los derechos fundamentales, el que fortalece la institucionalidad, el que es, en fin, democrático, capaz, humilde, objetivo, imparcial e independiente.
El guerrero y primer gran presidente norteamericano, George Washington, afirmó que sin una verdadera justicia no puede haber una auténtica democracia.
Y nos atrevemos a aseverar que sin jueces que asuman plenamente su condición de intérpretes y aplicadores de la Constitución, conjuntamente con la comunidad, nunca materializaremos el Estado Social y Democrático de Derecho que instituye el Pacto Fundamental, en su artículo 7. Y esto es, ineludiblemente, un compromiso de todos.

El Nacional

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