La jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional declaró inadmisible la solicitud de extinción de la acción penal interpuesta por Mary Pelaez y Sammy Dauhajre, sindicados por las autoridades como parte de la red que integraba José Figueroa Agosto.
Mientras la Fiscalía del Distrito Nacional se incautó del apartamento donde vivía el coronel José Amado González González, en el condominio Torre Serena, en la avenida Anacaona, Mirador del Sur.
Clara Luz Almonte Gómez rechazó la solicitud por extemporánea, pues no se trata del momento procesal para tal solicitud.
Indica en su decisión que siempre y cuando se haya intimado al Ministerio Público y haya expirado el plazo de los diez días consagrado en el articulo 151 del Código Procesal Penal entonces si procedía solicitar la extinción de la acción penal.
Peláez y Dauhajre sostienen que están presos desde el 6 de septiembre del 2009 y que llevan ocho meses tras las rejas sin que la Fiscalía del Distrito Nacional concluya la investigación, violentando, según ellos, el debido proceso.
La extinción de la acción penal fue planteada a través del abogado doctor José Rafael Ariza, tras alegar que han transcurrido ocho meses sin que el Ministerio Publico presente la acusación en su contra y que ya se vencieron los plazos.
La magistrada indica además que la acción penal se extingue por vencimiento del plazo máximo de duración del procedimiento preparatorio sin que el Ministerio Público haya formulado la acusación.
En los últimos días la Fiscalía del Distrito Nacional ha incautado siete bienes inmuebles, entre los que figuran dos villas en Casa de Campo, que supuestamente son propiedad del fugitivo boricua José D. Figueroa Agosto.
Con esto se elevan a doce las propiedades incautadas por el sonado expediente.
En el Distrito Nacional hay seis residencias que están bajo secuestro, en sectores exclusivos.

