El presidente Danilo Medina dispuso que todas las compras del Estado para programas de alivio de la pobreza, alimentación escolar, fármacos e insumos, así como las destinadas a mejorar las condiciones de pobreza en la zona fronteriza, sean de productos agropecuarios nacionales y directamente a los productores.
Esa disposición debería impactar muy positivamente en el desarrollo del sector agropecuario y de las zonas rurales, aunque su aplicación podría resultar difícil porque pequeños y medianos productores carecerían de capacidad logística o asociativa para poder cumplir con tales requerimientos.
Los programas asociados con el combate a la pobreza involucran centenares o miles de millones de pesos que se invierten en la adquisición de productos, insumos o servicios, siendo el más relevante el desayuno escolar, por lo que se resalta el impacto que podría tener ese decreto presidencial en el medio rural.
La disposición establece que las dependencias estatales a cargo de esos programas deberán realizar licitaciones regionales para adquirir sin intermediación productos agropecuarios directamente de los productores, pero se requiere cumplir con los requisitos de calidad adecuada.
Para que ese decreto surta los efectos deseados se requeriría que el Gobierno se involucre en el proceso de acompañamiento a pequeños y medianos productores que a través de cooperativas y asociaciones de otra índole procuren ofertar sus productos o servicios al Estado. La intención es buena.
40 y 20
La nueva Ley de Armas dispone prisión de 40 años para quienes durante un hecho delictivo incurran en homicidio o asesinato con un arma ilegal, una iniciativa legislativa que quizás ayude a disminuir la alta incidencia de delincuencia y criminalidad.
Ese estatuto también prevé cárcel por cuatro décadas a quienes incurran en secuestro con arma ilícita, aunque solo establece sanciones de 20 a 30 años para quienes incurran en sicariato.
La sociedad aguarda por una modificación del Código Penal que incluya penas consecutivas para quienes incurran en infracciones criminales simultáneas o consecutivas, de manera que la sanción sobrepase siempre los 30 años de reclusión, lo que sería otra forma de persuadir a la no comisión de crímenes y delitos.

