Opinión

Obligación de Indotel

Obligación de Indotel

Namphi Rodríguez

El servicio universal es una técnica de la regulación que impone el Estado a los prestadores de telecomunicaciones para garantizar objetivos esenciales de interés público.

Es decir que, aunque las telecomunicaciones son definidas como servicios públicos, lo cierto es que hay una fuerte raigambre patrimonialista en este sector y si las empresas fueran dejadas a su libre albedrío muchas comunidades remotas se quedarían sin servicio por no presentar interés económico para los prestadores.

Ahí es donde interviene la obligación de servicio público como una responsabilidad del Estado llevar conectividad a esas comunidades, por lo que se impone al prestador una obligación de servicio universal, fundada en el hecho de que no se está frente a las típicas empresas liberalizadas plenamente, sino a actividades sujetas a la regulación estatal.

La Ley 153-98, General de Telecomunicaciones, garantiza la prestación de un servicio mínimo y eficaz de telefonía, a precios asequibles, en áreas rurales y urbanas de bajos ingresos.

Incluso, la misma Ley de Telecomunicaciones en su artículo 43 contempla la obligación a cargo del órgano regulador de formular un plan bianual de proyectos a ser financiados para promover el servicio público que podrá incluir fondos especiales provenientes de un “canon” de un dos por ciento a las telecomunicaciones para solventar proyectos de desarrollo.
Pero, esas obligaciones no se deben limitar a una fuente exclusiva de financiación, puesto que es común que este tipo de proyectos reciban subvenciones públicas para que los ejecute el sector privado.

La idea de servicio de telefonía que ofrece la Ley de Telecomunicaciones no debe ser un referente suficiente, porque el servicio universal es un concepto dinámico, que debemos conectar con el desarrollo de la tecnología.

Esa noción de nuestra ley es de 1998 cuando aún no se habían desarrollado las tecnologías de la información y la comunicación al punto de hoy. En la actualidad, dicha idea tendría que estar conectada al acceso al Internet con asequibilidad y calidad en la prestación.

Es muy importante reseñar que en este escenario los operadores de servicios públicos calificados como “dominantes” tienen la obligación de soportar la mayor parte de la obligación, puesto que no se deben aprovechar del mercado sin responsabilidad. Aunque también es bueno aclarar que la carga de dicha obligación de servicio universal puede ser repartida entre todos los operadores de forma proporcional a su tamaño en el mercado.

El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones debe retomar su obligación de servicio universal a las comunidades deprimidas en el contexto del Estado social que proclama la Constitución.

El Nacional

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