Sin culpar al juez
Si alguna virtud se le puede atribuir al zarandeado Código Procesal Penal es la de sustraer la figura de la intima convicción del juez del fuero divino y sujetarla al derecho y al fardo de las pruebas. Es por eso que sería injusto culpar al magistrado del Séptimo Juzgado de Instrucción por la aparente fuga de la prevenida Sobeida Féliz Morel, acusada de lavado de dinero proveniente del narcotráfico. Ese juez aplicó correctamente la ley y el derecho al imponer una garantía económica como medida de coerción a esa imputada, que no fue procesada por crímenes violentos ni tenía antecedentes penales de ese tipo. Esa mujer posee a su nombre bienes suficientes para resarcir al ofendido Estado y a víctimas particulares, en caso de que rehuya a los requerimientos de diligencia procesal. Un juez no está obligado a predecir el futuro, sino a aplicar el derecho. Y a decir verdad, la señora Féliz Morel no es la primera ni la última persona que intente escapar de la Justicia. Por tanto, es injusto llevar a la hoguera a un juez que supo alejarse de lo divino.
