Opinión

¿Privilegio o discriminación?

¿Privilegio o discriminación?

Puede afirmarse que la decisión de la Junta Central Electoral (JCE) de eliminar el arrastre de los senadores en 26 provincias, constituye una forma de privilegio, discriminación o prejuicio, porque permite ese tipo de elección en otras seis demarcaciones, incluidos el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo.

El Pleno de la JCE basó su disposición en que solo en las provincias que no estén divididas en circunscripciones podría añadirse una boleta adicional para la elección de los senadores, por lo que también Santiago, La Vega, Puerto Plata y San Cristóbal, mantendrán el sistema de arrastre.

Lo establecido por la Junta procura sostenerse en realidades jurídicas distintas, la de 26 provincias que por no estar divididas en circunscripciones electorales dispondrán de cuatro boletas, y la de otras seis en que todos los votos emitidos para un partido se contarían también al candidato a senador.

En justicia se señala que esa diferencia es el resultado de una Ley de Partidos difusa o confusa respecto al tema del voto de arrastre, lo que se atribuye al deseo de no pocos legisladores de mantener en su favor ese sistema y evitar así que el votante los confronte de manera directa.

En buen derecho no sería fácil explicar o sustentar con criterios jurídicos que un candidato a senador sea escogido mediante el voto directo de los electores y el otro a través del arrastre de votantes que seleccionaron la casilla de un diputado.

Eso sería como establecer la condición de senadores de primera clase, aquellos escogidos por voto directo y los otros seleccionados mediante el sufragio de arrastre, aunque en todo está por determinar de manera fehaciente si la decisión de la JCE colisiona con la Constitución en el apartado que señala la igualdad ante la ley.

Los miembros de la JCE posiblemente intentaron acercarse a una solución salomónica ante una crisis originada en debilidades de las leyes de Partidos y Electoral, pero se teme que la criatura esta vez ha sido dividida para satisfacer a sus proclamadas progenitoras.

Lo mejor sería que el Tribunal Constitucional evalúe con debida celeridad esa disposición de la JCE, tomada tal vez de buena fe, pero con riesgo de que su legitimidad sea cuestionada antes, durante y después del día de las elecciones

El Nacional

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