La justicia solo se erige en soporte de la democracia y en creadora de la paz social cuando es aplicada con idoneidad, probidad, prontitud y eficacia. Verdad de Perogrullo. Pero en nuestro país lo más obvio y sencillo es lo más difícil de comprender y de practicar. Prueba de eso es que hasta en la Constitución se acostumbra a reiterar mandatos como si la primera mención no bastara. Es una mala costumbre que la llevamos con la ostentación del exhibicionista sin remedio.
Peor aún, lo estatuido en la Carta Magna y reiterado en su texto, necesita para su cumplimiento que lo contemple una norma adjetiva. Increíble, pero cierto. Si una ley no repite la orden, no se cumple. Y muchas veces descendemos tanto en ese obsceno y jurídico hábito, que es menester dictar una resolución o contemplarlo en un reglamento para que los responsables actúen en el cumplimiento de su deber. Es cosa de espanto, pero estamos curados.
Si alguien tiene duda de esa realidad, puede aclararla con la cantidad de lugares en que la Constitución consagra la protección a la dignidad humana. O con el debido proceso, que tiene un rango sustantivo, y para que se importantizara fue menester que el Código Procesal Penal, como ley ordinaria, lo contemplara. Y hasta que la Suprema Corte de Justicia dictó la Resolución 1920-2004 muchos ni se dieron por enterados de la obligación de garantizar ese derecho de los justiciables y esa obligación de los administradores de justicia. Y falta la jurisprudencia reiterada.
Muchos dicen que es que somos así y así somos. Pero podemos ser mejores. Basta con una introspección seria, para la toma de conciencia y la autocrítica. Eso nos permitirá comprender la urgencia que tenemos de mejorar nuestra cultura general y alcanzar la especialización en lo que hacemos. Sobre todo los jueces. Los que tenemos el alto honor y la tremenda responsabilidad de administrar justicia, decir el Derecho y resolver las controversias de que somos apoderados. Estamos compelidos a especializarnos en la materia que aplicamos. Esa es la garantía esencial, unida a la vocación de servicio y la capacidad de trabajo, para cumplir con el deber.
El juez que no se especializa en su área está condenado a la mediocridad. Será un pusilánime, un juez de pacotilla, un mal aprendiz, un oportunista togado, una vergüenza judicial. Y para evitar semejantes estigmas, debe estudiar con método, disciplina y criticidad; debe invertir en libros y en estudios de postgrado, como Maestría.
Ahora bien, esa costosa y necesaria especialización jurídica del juez debe respetarse para brindar una buena justicia. Si se irrespeta, no vale el esfuerzo de capacitación y se justifican los menos estudiosos. El juez capaz sirve en cualquier materia, pero en el área de su especialidad logra la excelencia. ¿Es lo que queremos?

