Juez y sentencia
El juez está obligado a resolver por sentencia todos los expedientes contradictorios de que es apoderado, después de comprobar y declarar su competencia y de instruir el caso con respeto irrestricto del debido proceso y el derecho de defensa. No puede jamás dejar de decidir bajo el alegato de que no existe la ley que se pueda aplicar al caso. En principio, el sistema jurídico siempre tiene y da la solución a los asuntos legales que se presentan. Además, el juez ejerce su facultad de apreciación de las pruebas para decir cuál de los litigantes tiene la razón. La justicia es rogada, cuando debería exigirse por ser un derecho fundamental para los ciudadanos y una obligación para el Estado.
Muchas personas creen que los jueces solo hablan o deben hablar por sentencia. Piensan que tan pronto el hombre o la mujer asume la función de administrar justicia pierde su condición de persona y se convierte en una especie de dios en el Olimpo judicial. Por eso se extrañan que un magistrado opine sobre los temas que afectan a la sociedad o al mundo. Ignoran que ese juez es un ciudadano que se debe a su comunidad y que en todo lo que no afecte el cumplimiento de sus responsabilidades oficiales, y que no exista incompatibilidades legales expresas, puede y debe manifestarse para apoyar lo que más convenga a su país.
Ciertamente, así es. El juez tiene derechos fundamentales, que son irrenunciables e inviolables, como cualquier otra persona. Su libertad de expresión y difusión del pensamiento es sagrada. Cuando los talibanes, arbitrarios, abusadores y fundamentalistas de turno se la quieren limitar o castrar, lo que buscan es reducirle su condición de ser humano, y bestializarlo.
Los que creen que el juez habla por sentencia olvidan que su opinión solo es válida para los asuntos de que es apoderado. Pero no existe ninguna razón para extender ese criterio a la vida personal y social del miembro del Poder Judicial.
Si tan descabellada opinión tuviera un carácter obligatorio en virtud de la ley, estaríamos ante una aberración que violaría, no solamente el artículo 49 de la Constitución, que trata de la libertad de expresión, sino que sería una negación de todos los principios, valores y normas del Bloque de Constitucionalidad.
Esos son los anacronismos de algunas cabezas díscolas que siguen pensando como si vivieran en el siglo diecinueve. Se creen representantes de la escuela decimonónica. Quieren que el juez de hoy sea boca y esclavo de la ley. Ignoran que la subsunción adjetivista de la ley fue superada por la ponderación y la razonabilidad del Pacto Fundamental. Viven en el pasado.
Además, imagínense que ese juez tendría que evacuar una resolución debidamente motivada, con una buena relación de hechos y una mejor exposición de derecho, para ordenar el almuerzo en un restaurante. Peor aún, tendría que decirle a su mujer, en el momento que pretenda hacerle el amor: “Póngase de pie, señora, que voy a dictar sentencia.”