El presidente Leonel Fernández, abrió un nuevo elemento de debate jurídico. Observó la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (TC) y de los Procedimientos Constitucionales. En esencia, la objeción del jefe del Estado para no promulgar la Ley persigue eliminar los setenta y cinco años de edad como límite para pertenecer al TC. Remitió el instrumento legislativo al Senado, por haber sido la última Cámara que lo aprobó.
La decisión del Poder Ejecutivo de objetar la Ley del TC ha sido criticada severamente. La atribución que le otorga la Carta Magna fue satanizada.
Una importante batería de expertos constitucionales se opuso a la intención del Presidente. Los argumentos constitucionales posibles fueron expuestos.
Hasta el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) se pronunció. Lo hizo sin medias tintas. Afirmó que la observación a la Ley del TC constituye un atentado al orden constitucional. No pudo ser más duro. Sobre todo porque proviene de los hombres y mujeres que manejan una parte sustancial de la economía nacional. Esa voz pesa demasiado en el orden existente. Son los dueños del capital y de las fuentes de empleo no gubernamental del país.
Pero la respuesta del Palacio no se hizo esperar. El eminente jurista y ministro de la Presidencia, doctor César Pina Toribio, respondió al Conep. Señaló que sus declaraciones eran una especie de intimidación contra el Gobierno. Ninguna administración pública puede tolerar la intimidación, sin importar el sector que pretenda imponerla. Estaría en juego su autoridad legítima y el respeto de los gobernados.
Eso explica que el Ministro Pina Toribio fuera contundente al señalar: El ejercicio de un derecho no puede nunca generar nefastas consecuencias, pero sí la negación del ejercicio de los mismos, salvo que esas declaraciones sean consecuencia de la ignorancia que haya llevado a pretensiones de tal tremendismo.
Ciertamente, el ejercicio de un derecho no genera ninguna perturbación. Los derechos no son prendas para ser exhibidas, son prerrogativas para ser ejercidas. En nuestro país existe la práctica de aceptar que los demás tienen derechos solo bajo la deleznable condición de que no los usen. Cuando esos derechos son puestos en práctica, surge de inmediato el griterío sin razón o la arbitrariedad.
Nadie puede negar que el Poder Ejecutivo tenga derecho a observar cualquier Ley que considere necesario. Los artículos 101, 102 y 103 de la Ley Suprema le otorgan esa facultad. Es un error criticarlo por usar sus potestades. El Conep aclaró que criticó la intención.
Ahora bien, lo que pueden hacer los opositores a la observación de la Ley del TC es procurar que el Congreso Nacional rechace la recomendación que contiene. Ahí está el pleito. Pero de ninguna manera ensañarse contra el Presidente, aunque éste cuente con la mayoría en el órgano legislativo. Ese es el juego de la democracia que tenemos. Y no quieren otro juego.

