Objetivos Cuestionables
La modificación de la Ley 72-02 sobre lavado de activos provenientes del narcotráfico para aumentar la inversión en el sistema carcelario representa un soberano contrasentido. Y más cuando la enmienda limita los recursos que se otorgan a entidades que previenen y persiguen la drogadicción.
Antes que más recursos para mejorar el sistema carcelario lo que se debe es prevenir los delitos, lo que se logra a través de eficaces jornadas de educación y orientación. Es posible que algunas de las entidades que han protestado por la castración de fondos que implica la modificación de la legislación no hayan cumplido con su labor. Pero la violación no estigmatiza los objetivos, sino a los entes encargados de prevenir la adicción y el tráfico de estupefacientes. La Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), el Consejo Nacional de Drogas, Casa Abierta y Hogares Crea figuran entre los órganos que serían perjudicados con la enmienda para que la Procuraduría General de la República destine más recursos en favor del sistema carcelario. Antes que más y mejores cárceles para regenerar a los infractores, lo que se debe hacer es orientar y educar a la población para evitar los delitos. A la postre resultaría hasta más económico.
No son funciones
Entre las funciones de la Cámara de Cuentas no figura proceder contra los imputados en irregularidades administrativas. Sus atribuciones se reducen todavía al control y fiscalización del sistema contable. La aclaración es importante para despejar la confusión que se creó en virtud de unas declaraciones del vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) en el sentido de que el organismo podía actuar contra los responsables de irregularidades en la Administración Pública. Pero el artículo 49 lo que establece es que apodere a la autoridad compentente de las irregularidades que se detecten a través de alguna auditoría. Se apodera al Departamento de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA) por tratarse de un organismo especializado del Ministerio Público para combatir la corrupción. Tienen razón quienes alegan que los miembros de la Cámara de Cuentas no pueden ser juez y parte, además de respetar la separación de los Poderes.

