La defensa del regidor perredeísta de Pedro Brand acusado de encabezar una red de sicariato que asesinó tres transportistas e hirió otras tres personas los días 14 y 17 de enero en el área de la avenida Duarte, recusó ayer a la jueza de la instrucción Suinda Brito, alegando que había ordenado con anterioridad un allanamiento concerniente al proceso. La magistrada del Tribunal de Atención Permanente del Distrito Nacional suspendió la audiencia de la medida de coerción que inició ayer a Erinson de los Santos Solís (Ney), hasta tanto la Corte de Apelación decida si acoge o no dicha recusación.
La defensa del acusado adujo que el artículo 78.6 del Código Procesal Penal establece que cuando un juez ha intervenido con anterioridad en un proceso tiene que inhibirse.
“Cuando estudiamos la glosa del expediente encontramos que la magistrada Suinda había dictado sendas órdenes de allanamiento en el presente proceso, por lo tanto, ya había intervenido. Le planteamos que en esa virtud se inhibiera y que otro juez que no haya intervenido en el proceso lo conociera, entonces ella decidió rechazar esa solicitud”, dijo José Rafael Ariza, uno de los abogados de De los Santos.
Ariza señaló además que cuando observaron la resolución descubrieron que la misma había sido remitida a otro juzgado de la instrucción.
Luego de recibir el auto contentivo de la recusación, el Código Procesal Penal le da un plazo a la Corte de Apelación de cinco días para que acoja o rechace la recusación.
Para Dionisio Rodríguez Restituyo, abogado de la parte civil, la decisión de la magistrada de no rechazar la recusación que le hizo la defensa, afecta a la víctima, “porque ella debió de rechazar esa acusación porque la defensa de los imputados solo presentó una sola prueba de parcialidad y porque el caso del capitán Batista y Ney Solis fue apoderado el Sexto Juzgado de la Instrucción”.
“La defensa confundió a la magistrada y lo logró diciendo que el caso del capitán y el caso de Ney Solís son el mismo caso. Fueron casos enrolados distintos y conocidos por jueces distintos, por tanto, ella tenía la calidad de conocer hoy la medida de coerción”, afirmó.
Dijo que la defensa lo que hizo fue una artimaña jurídica y que la jueza debió conocer la medida de coerción para que no se le violentaran las garantías constitucionales al imputado, “ para que no vengan con un hábeas corpus en un caso de sicariato donde hay seis víctimas, pero además hay siete testigos presenciales y referenciales que también estaban en el tribunal”.
“Estamos en presencia de una banda que se ha dedicado al sicariato en la República Dominicana”, concluyó Restituyo.
De los Santos Solís conjuntamente a los demás imputados Amaury Cabrera Martínez y el prófugo Félix Lora de Jesús están acusados de la muerte de Ángel Javier (Mayimbú), Overnys Guerrero (Limpia Botas) y Vladimir Estarling Martínez Ruiz.
Según la acusación el 14 de enero los imputados mataron a Mateo Nieves e hirieron a Eddy Francisco Sánchez, Manuel Emilio Romero Figuereo y Ramón Antonio Peña Beltré.
UN APUNTE
Solidaridad
Luego de la audiencia el imputado se limitó a decir: “Yo soy inocente. Esto es una persecución política”. Cientos de personas se concentraron al frente del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva con pancartas y consignas en defensa y solidaridad al regidor. Parecía un mitin político y el bullicio se escuchaba en la Oficina de Atención Permanente.

