La Constitución establece en su artículo 248: “La Cámara de Cuentas es el órgano superior externo de control fiscal de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del Estado.
Tiene personalidad jurídica, carácter técnico y goza de autonomía administrativa, operativa y presupuestaria. Estará compuesta por cinco miembros, elegidos por el Senado de la República de las ternas que le presente la Cámara de Diputados, por un periodo de cuatro años y permanecerá en sus funciones hasta que sean designados sus sustitutos”.
El articulo 250 del texto constitucional establece: “Sus atribuciones serán además de las que le confiere la ley: 1) Examinar las cuentas generales y particulares de la Republica; 2) Presentar al Congreso Nacional los informes sobre la fiscalización del patrimonio del Estado; 3) Auditar y analizar la ejecución del Presupuesto General del Estado que cada año apruebe el Congreso Nacional, tomando como base el estado de recaudación e inversión de las rentas presentado por el Poder Ejecutivo, de conformidad con la Constitución y las leyes, y someter el informe correspondiente a este a más tardar el 30 de abril del año siguiente, para su conocimiento y decisión;
4) Emitir normas con carácter obligatorio para la coordinación interinstitucional de los órganos y organismos responsables del control y auditoría de los recursos públicos; 5) Realizar investigaciones a requerimiento de una o ambas cámaras legislativas”.
Como se puede observar, en el contenido de esos dos artículos de la Constitución está sintetizado lo que debe ser el accionar del Pleno de la Cámara de Cuentas.
Considero que si los integrantes del próximo Pleno realizan sus funciones con apego a las prerrogativas que le confieren la Constitución y las leyes, la lucha contra la corrupción logrará los objetivos propuestos (equidad en la distribución de riqueza).
El dispendio que se produce en nuestro país mediante la ejecución de Presupuesto General del Estado arroja cifras multimillonarias, mientras la población sufre la ineficiencia en servicios básicos como: salud, educación, vivienda, agua potable, transporte, seguridad ciudadana, y muchos otros que sería prolijo enumerar.
Ojalá que los incumbentes presten atención a estas consideraciones.