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Se impone derecho a elegir educación

Se impone derecho a elegir educación

La sentencia que le da ganancia de causa a Profamilia ante el recurso de amparo presentado  por la Iglesia Católica, reivindica el derecho que tienen los padres a elegir el tipo de educación de sus hijos, incluyendo la sexual, razón por la que determinó que no viola la Constitución de la República la  campaña  de educación sexual y derechos reproductivos que se lleva a cabo en los medios de comunicación.

La juez Eunice Minaya Pérez, de la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, sostiene en su sentencia que “la participación de los menores de edad en la campaña de Profamilia es parte del derecho de los padres a elegir el tipo de educación de sus hijos, conforme al artículo 63, numeral 2, de la Constitución”.

El citado artículo dice: “La familia es responsable de la educación de sus integrantes y tiene derecho a escoger el tipo de educación de sus hijos menores”.

La magistrada  Minaya Pérez estableció en su sentencia que sería un contrasentido que el Estado, a través de leyes, fomente o pretenda implementar planes para erradicar males y vicios sociales, y que por prácticas similares sea condenada una persona en los tribunales.

En lo  concerniente al anuncio  en el que un niño pregunta “Mami, ¿papi y tú lo hacen?”, sostuvo que es evidente que la intención es advertir a los padres sobre el hecho de que los niños desarrollan, a temprana edad, su curiosidad por el sexo o son acosados.

Asimismo, negó que el anuncio  viole el derecho de los niños, en razón de que los padres involucrados en la campaña publicitaria aprobaron su participación.

En la sentencia se indica que es mejor que los padres estén prevenidos acerca de preguntas embarazosas que eventualmente puedan hacerles los hijos acerca del sexo, para que estos tengan una educación sexual orientada por sus progenitores, que a la vez debe ser integral y oportuna.

Los considerandos de la magistrada Minaya Pérez fueron externados como justificación para rechazar el recurso de amparo interpuesto por la Iglesia Católica para que  se ordenara a Profamilia retirar de los medios de comunicación la campaña Educación Sexual y Derechos Reproductivos.

La magistrada  Minaya Pérez adoptó la decisión, tras considerar que la campaña llevada a efecto por Profamilia no viola derechos fundamentales.

El tribunal fijó la lectura íntegra de la sentencia, marcada con el número 038-2013, 00390, para el 27 de mayo, a las 9:00 de la mañana, en el tribunal ubicado en el antiguo Palacio de Justicia del Centro de Los Héroes.

Mientras tanto el padre Manuel Ruiz adelantó que presentará un recurso de revisión por ante el Tribunal Constitucional (TC), a fin de que la decisión sea revocada, tras manifestar inconformidad con los argumentos de la jueza. Empero no reveló la fecha de cuándo sería depositado el recurso.

UN APUNTE

Inocencia

La Iglesia Católica entiende que la campaña abusa de la inocencia de los niños y que los induce a la práctica del sexo temprano, sin medir las consecuencias, razón por lo que llevará el caso por ante el TC.

 

El Nacional

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