Comicios separados
El presidente de la Junta Central Electoral, magistrado Julio César Castaños Guzmán, ha expresado, con mucha razón, su preocupación por el reducido espacio de tiempo que separa las Elecciones Ordinarias Generales Municipales de las Presidenciales y Congresuales.
Hasta que en el año 1994 fue reformada la Carta Sustantiva, como consecuencia de la grave crisis postelectoral que llevó al país al borde de una confrontación armada, las elecciones se celebraban de manera unificada, cada cuatro años, el día 16 de mayo.
A partir de 1996 las elecciones presidenciales se mantuvieron separadas por dos años de las congresuales y municipales, hasta que volvieron a unificarse, pero de manera transitoria, en el 2016.
Para el 2020 entrará en vigor el artículo 209 de la Constitución Política, el cual dispone lo siguiente: a) que los colegios electorales se abrirán cada cuatro años; b) que se deben elegir al Presidente y Vicepresidente, a los representantes legislativos, a las autoridades municipales y a los demás funcionarios o representantes electivos de modo separado e independiente; y, c) que las presidenciales, congresuales y de representantes ante el Parlamento Centroamericano (Parlacen), deben celebrarse el tercer domingo del mes de mayo y las municipales, tres meses antes, el tercer domingo del mes de febrero.
Cuando se debatió este tema mostré mi desacuerdo con la eliminación de las elecciones de medio término, tanto en el pleno de la JCE como en el Congreso Nacional, en razón de que esta modalidad, además de evitar la influencia de la candidatura presidencial en la escogencia de los candidatos de los otros niveles de elección, motivaba a los gobernantes a prestarle una mejor atención a la comunidad.
En ese mismo orden, las elecciones de medio término separaba, al interior de los partidos políticos, la competencia por la candidatura al cargo de presidente de la de los aspirantes a senadores, diputados, alcaldes y regidores.
Sin lugar a dudas, el cambio de las elecciones de medio término por las separadas por tres meses, para complacer a quienes creían erradamente, como se ha comprobado, que la celebración de elecciones cada dos años era lo que motivaba que el país se mantuviera en permanente proselitismo, fue una de las disposiciones más desacertadas de la Constitución de Leonel Fernández.
Tomando en consideración que las próximas elecciones municipales se celebrarán el 16 de febrero de 2020 y que la toma de posesión de los alcaldes y regidores, así como de los directores y los vocales de los distritos municipales, tendrá lugar el día 24 de abril, es importante destacar que en un término de 48 días, la JCE y, sobretodo, las juntas electorales, tendrán la exigente tarea de elaborar el computo de los resultados de los comicios y la relación del municipio, examinar las boletas anuladas y las observadas, levantar el acta de cómputo, hacer la relación general de la votación en cada municipio y la de los candidatos elegidos, publicar y distribuir las relaciones, conocer las nulidades y las apelaciones, hacer la relación general de resultados, determinar los candidatos elegidos, hacer los certificados de elección y proclamar a los candidatos elegidos.
Esta tarea coincidirá con los preparativos de las elecciones presidenciales y congresuales que deberán celebrarse, 23 días después, el 17 de mayo del 2020.

