Opinión

Marco Vasconcelos Cruz

Marco Vasconcelos Cruz

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Hasta el pasado 15 de diciembre, el personero que lleva por nombre el encabezado de este artículo, se desempeñó como Director de Odebrecht en el país. Las apasionantes discusiones abiertas en torno a los sobornos que admitió haber pagado la matriz de la constructora brasileña para agenciarse contratos de obras públicas, se han centrado aquí en las penalidades imponibles tanto a su filial nacional como a los sobornados del patio.

Se ha omitido, sin embargo, la suerte que debería correr el mencionado Vasconcelos Cruz, un brasileiro de baja estatura que vivió en calidad de inquilino en el apartamento 12 de la torre Botticelli, muy frecuentado por cierto ex ministro de las dos últimas administraciones de Leonel Fernández y por uno de sus adláteres que lo asistía en sabe Dios qué cosas.

Vasconcelos Cruz emprendió su retirada sin participárselo, siquiera por cortesía, a sus doce vecinos, entre los que figuraba quien esto escribe. La prensa lo ha señalado como uno de los 77 ejecutivos de Odebrecht que se acogieron a acuerdos de delación premiada con el Ministerio Público de Brasil, pero ¿dónde está ahora? ¿Volverá al país?.

Lo dudo; el artículo 6 de la Ley No. 448/06 dispone que “En los casos en que el sobornante, según los arts. 3 y 4 de la presente ley, sea una persona jurídica, será condenado por un período de dos (2) a cinco (5) años al cierre o intervención y a una multa del duplo de las recompensas ofrecidas, prometidas u otorgadas…”.

Y en su párrafo I se establece esto otro: “Adicionalmente a la multa a que se condene al sobornante según este artículo, el representante legal de dicha persona jurídica quedará sujeto a las sanciones establecidas en el art. 5 de la presente ley”, que no son otras que reclusión de 3 a 10 años, multa del duplo de las recompensas ofrecidas, prometidas u otorgadas, e inhabilitación para el ejercicio de sus actividades por un período de 2 a 5 años.

En esas circunstancias, es poco probable que decida regresar al país. De ahí que no solo deberíamos fijar la atención en la persona jurídica, esto es, en Odebrecht, sino que también en exigir que este individuo, señalado entre líneas por el mismísimo Departamento de Justicia de EE.UU. como el influyente “Empleado Odebrecht 6”, sea citado. Y si se negase a venir voluntariamente, salvo que no esté cumpliendo prisión, solicitar su extradición, pues los hechos punibles por él cometidos no deberían quedar impunes.

El Nacional

La Voz de Todos