En principio, hablar de dictadura de la mayoría sería un oxímoron, figura literaria que consiste en combinar dos conceptos contradictorios para formar un tercero que resultaría absurdo, aunque metafóricamente válido. Sin embargo, la interesante lectura del último libro de Luigi Ferrajoli, eminente jurista italiano y uno de los más lúcidos teóricos del garantismo, presenta sólidos e irrebatibles argumentos para acercar y darle sentido a estos dos términos que, como veremos en cierta praxis política, no son en esenciacontrapuestos.
Poderes Salvajes. La crisis de la democracia constitucional (MinimaTrotta, 2011), a pesar de analizar la convulsa y zarandeada Italia de Berlusconi, a mi entender presenta elementos que concurrena la realidad política actual de la República Dominicana, a pesar de la distancia institucional que las separa: ya en 1948 la nación europea se dotó de una Constitución normativa y de un Tribunal para garantizar su supremacía, en un régimen parlamentario que permitió un desarrollo sociopolítico en consonancia con las naciones vecinas.
Como bien afirma el prologuista de la obra Perfecto Andrés Ibañez, magistrado del Tribunal Supremo español de orientación progresista, la misma parte de la premisa de que la democracia política y los derechos fundamentales efectivamente garantizados son categorías indisociables que deben ser complementarias, lo que también es aplicable para el presente y el porvenir de la incipiente democracia constitucional criolla.
La tesis de Ferrajolies que está en curso un proceso de deconstitucionalización del sistema político italiano,producto de la pretensión de que el consenso popular es la única fuente de legitimación del poder político. El autor cita con crudeza las razones de esta crisis:porque no se soporta el pluralismo político y constitucional; por la desvalorización de las reglas; por los ataques a la separación de los poderes, a las instituciones de garantía, a la oposición parlamentaria, a la crítica y a la prensa libre; en definitiva, por el rechazo del paradigma del estado constitucional de derecho como sistema de vínculos (límites y controles) legales impuestos a cualquier poder.
En apretada síntesis, ese poder del pueblo de tomar y de legitimar las decisiones políticas de manera directa o a través de representantesque, a juicio deFerrajoli, es la democracia formal o procedimental, exige la integración de límites sustanciales y de contenido que representan la esfera sobre lo que no es lícito decidir: los derechos fundamentales y el sistema de principios que integran la democracia política impuestos en las constituciones.
Además, afirma que la democracia puede no sobrevivir al ser siempre posible en principio la supresión por mayoría, con métodos democráticos, de los métodos democráticos mismos. Y pone como ejemplo que en el siglo pasado fascismo y nazismo se apoderaron del poder por vías legales y luego se lo entregaron democrática y trágicamente a un jefe que suprimió la democracia. Este también fue el método utilizado por Trujillo.
Parece que ambas naciones comparten una cultura política que se apoya en el populismo para reducir la democracia al ejercicio del voto para la formación de la voluntad popular encarnada en un líder carismático, y una realpolitik con la que hay que pactar para no acabar estrellado en el estado de cosas. Entonces, ¿cuál futuro para la democracia constitucional?

