Acuerdos judiciales
Señor director:
El plea barganing es un acuerdo entre el fiscal y el acusado para éste declararse culpable. Los acuerdos en el sistema anglosajón están de moda, pues es la única forma de poder enfrentar al narcotráfico de manera firme. La influencia norteamericana trae figuras nunca vistas en el sistema procesal dominicano, como el «plea bargaining» y el juicio abreviado.
El plea barganining puede dar al acusado el beneficio de una reducción en la calificación del delito, o un acuerdo de una pena menor que la fijada para el delito.
En el caso Figueroa Agosto, tanto su amante como su esposa, acogen estas medidas. Sobeida habla sobre el manejo de la estructura del lavado, con la esperanza de que la fiscalía pida una pena menor, todo en consonancia con el artículo 336, que dice que el juez puede variar la pena solicitada, pero no aumentarla. El máximo tribunal del país un 16 de septiembre del 2005 trae luz a dicha afirmación, considerando que lo expuesto también se fundamenta en el espíritu, esencia y letra del artículo 339 del Código Procesal Penal que expresa de modo imperativo que el tribunal, en el momento de fijar la pena, debe tomar en consideración, entre otros elementos, la gravedad del daño causado a la víctima y/o a la sociedad, lo cual reafirma la soberanía de los jueces del tribunal juzgador. El juzgador no está, pues, atado, a la hora de condenar a la champañera.
Otra pregunta, en el caso de la esposa del capo, que llega a un procedimiento penal abreviado, al tenor del artículo 363 que tipifica la admisibilidad del acuerdo pleno cuando se trate de un hecho punible que tenga prevista una pena máxima igual o inferior a cinco años de pena privativa de libertad, o una sanción no privativa de libertad; lo que luce contradictoria el acuerdo, pues los imputados están acusados de lavado, dicha ley en su letras a) y b) del artículo 3 de esta ley será condenada a una pena de reclusión no menor de cinco años ni mayor de veinte.
¿No sería un acuerdo importante que se diga quiénes permitieron que por más de 10 años funcionara dicha estructura? ¿Qué mensaje se envía al condenar imputados a 5 años y otros a 15? ¿No es justicia dar a cada cual lo que corresponde?
Atentamente,
Giovanni Morillo
Santo Domingo

