Inscripción
Señor director:
Hace unos días, estuve investigando en el Ministerio de Educación de la República Dominicana sobre la ley que debe de existir para sustentar el abuso de los colegios privados de cobrar la famosa reinscripción todos los años.
Se supone que, una vez un estudiante es inscrito, se convierte en una parte integral de ese cuerpo estudiantil, y para que dicha tarifa sea legal debe de ser contundentemente aprobada por el Ministerio, tal como está estipulado en la ley 86-00.
Llamé desde Hollywood, Florida, al 809-688-9700 extensión 2845, y conversé con la secretaria, recepcionista, josefina Labau, quien trató de persuadirme de que los colegios privados tienen el derecho de cobrar las reinscripciones. Cuando le dije que me cite la ley, ordenanza o resolución que les otorga ese derecho, ella no tuvo respuesta y me transfirió a Jurídica. En Jurídica, hablé con una subdirectora, quien no quiso darme su nombre, pero me comunicó que esa información la maneja el Departamento de Colegios Privados.
Cuando llamé a ese departamento, aparentemente ya alguien del anterior había llamado, y me comunicaron con licendiada Edra Malenciano, quien me comunico, claramente, que no existe una Ley que les otorgue ese derecho, de cobrar reinscripción, a los colegios privados. Lo que significa que esa tarifa de reinscripción no solo es abusiva e inmoral es sobre todo ilegal y violatoria de la ley 86-00 de educación. ¿Y la Cámara de Diputados va hacer algo, ya que está en vigilia?
La Ley 86-00, que autoriza al Ministerio de Educación a regular las tarifas de los colegios, violada con total impunidad. Esperamos que Abel Martínez y demás diputados, tomen cartas en el asunto, de lo contrario la resolución del 20 de agosto fue puro aguaje.
Vale la pena mencionar, que la Ley 86-00 dice, en su art. 7- que cualquier violación a la escala de tarifas establecidas, en esta Ley, y por el Consejo de Educación, será sancionada con una multa de $10 mil -$100 mil pesos dominicanos, y la revocación inmediata de la medida alcista. Y de producirse una reincidencia, el colegio infractor podrá ser suspendido de sus facultades incluso retirársele su licencia o permiso de operar.
Atentamente,
Lic. Ricardo Tejeda Guerrero,
Vicepresidente del MED.
