El Instituto de Contadores Públicos Autorizados (ICPARD) declaró que se opone a que sean los notarios públicos quienes legalicen las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios públicos, como lo especifican los artículos 26 y 27 del capítulo 4, en el proyecto de ley sobre salarios públicos, que se discute en el Senado.
Pedro Matos, presidente del ICPARD, enfatizó que es a un contador Público Autorizado (CPA) o una Firma de Contadores activa, registrada en ese instituto, a quien compete emitir y dictaminar la declaración jurada, en la que un funcionario declara su patrimonio al momento de tomar posesión o salir de un cargo público.
Argumentó que es este profesional y no otro, a quien debe indicar la ley, por razones de que posee la competencia necesaria para aplicar las normas y procedimientos que requiere la referida declaración.
Al señalar el artículo 22 del referido anteproyecto, el presidente del ICPARD enfatizó que un funcionario no debe trabajar en el Estado en dos lugares a la vez, aun sea en horarios diferentes, debido a que el Estado no posee mecanismos de supervisión para determinar la efectividad de ambos horarios. Afirmó que el servidor público que desee producir en el tiempo libre debe hacerlo en el sector privado.
La institución sostiene, que el funcionario que administra bienes del Estado debe acogerse a la ley 126-01 que exige una contabilidad patrimonial actualizada de las diferentes instituciones del Estado.
