La Confederación Patronal (Copardom) estimó que el fallo de la Corte de Apelación de Trabajo de San Pedro de Macorís que revocó en todas sus partes la sentencia que ordenaba al Ingenio Cristóbal Colón suscribir contratos escritos con un grupo de demandantes, es un paso de avance en el logro de la seguridad jurídica para los inversionistas.
La doctora Marisol Vicens , presidente de la entidad, estimó que el fallo fue realizado por falta de base legal, desnaturalización de los hechos y violación a los principios elementales del Código de Trabajo de la República Dominicana.
Resaltó en una declaración escrita que en dicho fallo se reiteran importantes principios de la normativa laboral como que el trabajo no es el que consta en un escrito, sino el que se ejecuta en los hechos, esto es un contrato-realidad, donde los hechos son más determinantes que los documentos.
La presidente de Copardom valoró que la sentencia estableciera que el contrato de trabajo no está sometido a una formalización por escrito, y que en tal virtud, las disposiciones del artículo 19 del Código de Trabajo que permiten a cualquiera de las partes exigir a la otra que el contrato de trabajo celebrado verbalmente se formalice por escrito, no se pueden interpretar como que constituyen en obligación sustantiva y adjetiva a la formalización o instrumentación por escrito de un contrato.

