Durante mi experiencia como legislador, fui testigo de cómo innumerables iniciativas legislativas transitaron por el Congreso Nacional. Muchas de ellas, con un potencial significativo para transformar la sociedad, carecían del interés necesario por parte del público y los medios de comunicación.
Esta desconexión entre la trascendencia de ciertos proyectos y su atención pública se pone de manifiesto nuevamente en la discusión del Proyecto de Ley de Compras y Contrataciones.
En la República Dominicana, el Estado desempeña un rol central como uno de los principales clientes para diversos sectores estratégicos de la economía; sin embargo, el debate sobre el impacto de esta pieza legislativa ha sido escaso.
El actual proyecto de ley de Compras y Contrataciones que se discute en el Congreso Nacional presenta una oportunidad invaluable para perfeccionar el marco normativo que regula la interacción entre el Estado y el sector privado. Sin embargo, las disposiciones contenidas en el proyecto han suscitado preocupaciones legítimas por parte de actores clave, incluyendo a la Asociación de Contratistas y Suplidores, quienes han aportado críticas fundamentadas y propuestas constructivas para garantizar una normativa justa y eficiente.
Uno de los aspectos más controvertidos es la discrecionalidad excesiva conferida a la Dirección General de Contrataciones Públicas. La redacción actual del artículo 11, faculta a la Dirección para requerir todo tipo de información a cualquier persona física o jurídica, así sea parte de un proceso de contratación o no. La constitucionalidad de este texto ya ha sido cuestionada en intentos legislativos anteriores que buscaban incluir disposiciones similares, evidenciando su potencial vulneración a derechos fundamentales.
El proyecto establece restricciones a la subcontratación que resultan especialmente problemáticas en sectores como la construcción y la ingeniería, donde esta práctica supera con frecuencia el 30% debido a la alta especialización de las tareas.
Asimismo, contempla sanciones que van desde seis meses hasta diez años de inhabilitación para los contratistas por demoras en la entrega de los proyectos, sin considerar circunstancias de fuerza mayor o retrasos ocasionados por otras instituciones en la emisión de permisos necesarios para su ejecución. Ignorar esta realidad operativa podría encarecer y ralentizar proyectos esenciales para el desarrollo nacional.
Es crucial que el Congreso promueva un diálogo inclusivo, escuchando a todos los sectores afectados para garantizar un marco legislativo transparente y equilibrado.
Por: Orlando Jorge Villegas
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