Opinión

Decisión juez Medrano

<P>Decisión juez Medrano</P>

La acertada Resolución 340-2012, fechada el 14 del presente mes, proclamada por el distinguido y honesto Juez para la ejecución de la pena de San Cristóbal, doctor José Ignacio Medrano, que consta de 26 páginas, ordenando un cambio de prisión denominada técnicamente domiciliaria, del Interno licenciado Luis Álvarez Renta, cumple con todos los preceptos legales establecidos en nuestra legislación a tales propósitos, así en convenciones y tratados internacionales, leyes internas de aplicación en nuestros tribunales.

La justicia no debe continuar sometida al fuego cruzado de situaciones convencionales, amenazas, pronunciamientos diversos, los cuales muchas veces tratan de herir conductas y reputaciones,  y esto es peligroso porque la justicia no solo es un poder, sino el más trascendental de los poderes públicos, como decía Aristóteles.

Es fácil opinar desde ópticas unilaterales, hablar de cualquier autoridad o ciudadano, de la decisión de un fiscal o juez o varios.

La Comisión Internacional de Juristas en la  conferencia de Lagos, Nigeria, entre otras puntualizaciones acordó: ”El Juez debe ejercer sus funciones, libre de toda intervención por parte de los poderes Ejecutivo y Legislativo”. En la conferencia de Río de Janeiro 1962 se aprobó prestar atención en diversos países a la Independencia absoluta del Poder Judicial, seguridad y libertad frente a Intervención directa o indirecta del poder Ejecutivo.

El juez Medrano, reconocido por sus dotes personales, morales, éticos, familiares y sociales, viene cumpliendo con  dedicación, laboriosidad y decoro, aporte de que es un magistrado de carrera. Fue juez de paz en el distrito municipal de San Gregorio de Nigua, y, por méritos acumulados y trayectoria, es ascendido.

El encono y arbitrariedades deben desaparecer de nuestra nación. La Justicia tiene que prevalecer siempre con razones de eternidad.

 Platón escribió: “Cometer injusticia es más ignominioso que recibirla”, y Horacio Dijo: Quien vive temeroso no será nunca libre”.

Solicitamos cortésmente al procurador general de la República, licenciado Francisco Domínguez Brito, ordenar la ejecución de la sentencia a que nos hemos referido, pues cualquier actitud contraria seria antijurídica.

Leyendo emocionado a Lorenzo Gardella, este señala en uno de sus principios:” El Juez de la equidad, es sencillamente-Juez-Juez. Nada más y nada menos”. Y eso es, junto a muchos  magistrados, José Ignacio Medrano.

¿Y cuál es la finalidad de la pena, siempre que el imputado cumpla? ¿No es la regeneración del hombre o la mujer, y su integración a la sociedad?  Al menos en la Republica Dominicana, ¿por qué no se valoriza la ingente labor de Álvarez Renta y otros imputados en el recinto de Najayo?  ¿Por qué no se realiza un censo, verificando tantos y tantas enfermos en las cárceles al borde la muerte,  así aquellos que han cumplido lo establecido en el Código Procesal Penal un cambio de prisión a domiciliaria y otros a libertad condicional siempre no representen peligro social?   

El Nacional

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