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Decisión partidaria

Decisión partidaria

Pedro P. Yermenos Forastieri

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Si la ley establece diversos métodos de elección de candidatos, pero un partido modifica sus estatutos para adoptar un único método, ¿se estaría violando la democracia interna o estaría ejerciendo su facultad de autodeterminación? Si la referida modificación estatutaria se realizó conforme a la legalidad y con la anuencia de la mayoría, la decisión estaría legitimada y no violaría ningún principio.

Siempre que se actúe dentro del marco legal, el Estado no debe intervenir en exceso en estas decisiones, para no imponer un sistema único que vulnere la autodeterminación partidaria. No existe un exclusivo método que garantice la democracia interna; cada partido puede establecer sus propios estándares, siempre que respeten la legalidad y los principios constitucionales.

¿Debe el Estado asumir una posición más activa o la posición actual es la correcta frente a los casos de conflicto entre estos principios? Existen puntos de mejoras. Pudiera hacerse una revisión de la Ley 33-18 sobre partidos políticos para reforzarla y robustecerla, sin establecer un estándar único. Cuando se hizo el procedimiento de modificación de la anterior ley orgánica electoral, 15-19, también estaba en carpeta la modificación de la citada Ley.

¿Existen reformas legales que podrían ayudar a equilibrar o conciliar estos dos principios, es esto necesario? En los últimos años, la inteligencia artificial y las redes sociales han transformado el panorama político, facilitando la difusión de desinformación y manipulaciones que amenazan la autodeterminación de los partidos políticos y la democracia interna de sus militantes.

Las leyes siempre son perfectibles, no solo es imprescindible la actualización de los estándares de democracia interna en la normativa, para adaptarla a la nueva democracia, sino la implementación de un régimen de consecuencias más robusto ante el constante déficit del funcionamiento de la democracia interna, puesto que, de una manera u otra, las decisiones de los partidos impactan los principios democráticos y, por ende, afecta a todos como entes sociales y políticos.

Ambos principios, aunque aparentemente en tensión, deben coexistir de manera armónica, donde la autodeterminación partidaria tiene sus límites naturales en el respeto a la democracia interna. No es posible ni deseable establecer un estándar único de democracia interna para todos los partidos, porque eso atentaría contra su autodeterminación, pero sí deben respetarse ciertos principios mínimos como la transparencia, la participación y el debido proceso.

El rol del Tribunal frente a estos casos debe ser limitado, interviniendo solo cuando se verifiquen vulneraciones a principios constitucionales fundamentales.