Danilo Cruz Pichardo
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Quien menos cree tiene sus teléfonos celular, residencial o de oficina intervenidos, independientemente de género, nivel social u oficio que desempeñe, porque los elementos causales son múltiples. En ese sentido, no se puede abordar temas delicados mediante ese medio de comunicación.
Es una habitual forma de los organismos de seguridad de dar seguimiento a su persona. Regularmente la cosa no pasa de ahí, indistintamente de la posición política o profesional que usted asuma, al menos que esté atentando contra la estabilidad del gobierno o se le detecte una conducta ilícita.
Sin embargo, la Constitución de la República es clara en su Art. 69, numeral 8, al establecer lo siguiente: “Es nula toda prueba obtenida en violación a la ley”. Y es que mediante esa intervención se viola el numeral 3 del Art. 44 de la Constitución. Sólo por razones justificadas y por la autorización judicial se puede intervenir teléfonos. A los jueces les llevan listas de nombres, pero meten de contrabando a personas honorables.
Se intervienen teléfonos en la investigación del delito, pero también por motivos políticos, profesionales y para robar secretos comerciales. Muchos militares, funcionarios y líderes políticos, inclusive de una misma organización, se intervienen recíprocamente. También maridos celosos cometen ese delito con su pareja.
Uno de los delitos electrónicos es la clonación de tarjetas de créditos y de débitos, tema sobre el cual escribí la semana anterior, al ser objeto de un fraude de esa índole, por estar haciendo operaciones bancarias por vía telefónica, donde piden la numeración de la tarjeta. Y para realizar consultas de balance hay que usar la clave.
Las nuevas y las viejas tecnologías optimizan labores diversas, pero tienen sus desventajas con la creciente presencia de los hackers. Tenemos que aprender a coger y a dejar.