La única opción que queda para impedir que se aplique la Ley de Partido en caso de que finalmente, sea sancionada por el Senado, es mediante una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, afirmó esta mañana el diputado leonelista Orlando Espinosa.
Consideró que dicha ley tras ser promulgada por el Poder Ejecutivo debe ser recurrida porque choca con al menos ocho principios constitucionales y destacó que ya la Suprema Corte de Justicia la declaró inconstitucional el 16 de marzo de 2005.
«Si el Senado de la República convierte en ley el proyecto aprobado en la Cámara de Diputados, una vez promulgado por el Poder Ejecutivo, deberá ser recurrido ante el Tribunal Constitucional porque es la única opción que queda para impedir que se aplique la Ley”, sostuvo.
Dijo que la oposición a la pieza no es un capricho, por que lo que ocurre es que choca con principios constitucionales fundamentales como el derecho de reunión y el de libre asociación, ese es el problema, no se trata de un asunto personal de Leonel».
Igualmente citó el artículo 47 de la Carta Magna que establece que “toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley”, y el artículo 48 que dice que “toda persona tiene el derecho de reunirse, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos, de conformidad con la ley”.
El también exfiscal de San Cristóbal explicó que el proyecto de Ley de Partidos tal y como fue aprobado por la Cámara de Diputados ayer, choca con el artículo 208 de la Constitución que dice que “el sufragio es un derecho y un deber de ciudadanas y ciudadanos, el ejercicio del sufragio para elegir a las autoridades de gobierno y para participar en referendos.
El voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio ni a revelar su voto. Párrafo.- No tienen derecho al sufragio los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, ni quienes hayan perdido los derechos de ciudadanía o se encuentren suspendidos en tales derechos”.
De acuerdo a Espinosa otros artículos que alegadamente viola la normativa son los artículos 6, 209 y 216 de la Constitución de la República.
“Tenemos que esperar que el Senado lo sancione y que el presidente Medina lo promulgue para luego elevar la acción de inconstitucionalidad”, afirmó el legislador.
Los votos
Con la abstención de los diputados leonelistas y los de los partidos minoritarios fue aprobada ayer la Ley de Partidos en la Cámara de Diputados.
La pieza contó con el respaldo de 148 diputados. De estos 74 son del sector de Medina a lo interno del Partido de la Liberación Dominicana (PLD); 48 del Partido Revolucionario Moderno (PRM), 14 del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y 11 del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC).
Por meses la pieza se había mantenido empantanada en el Congreso debido a desacuerdo entre el presidente Danilo Medina y el presidente Leonel Fernández en torno al tipo de padrón y la modalidad de primaria a utilizar.
UN APUNTE
El informe disidente
El informe disidente presentado por los diputados Henry Merán, Hamlet Melo y Adalgisa Pujols indica que en los artículos 46 y 47 rompen el consenso y violan Constitución. Reiteraron su desacuerdo con que cada partido, agrupación y movimiento político decidan el tipo de padrón y en cambio dijeron que debe ser mediante los estatutos de cada partido

