Opinión

Flexibilidad laboral

Flexibilidad laboral

La reforma del Código Laboral, empujada principalmente por el empresariado, es probable que, luego de las elecciones, se convierta en el tema de mayor relevancia para los dominicanos de a pie. La flexibilidad de las leyes laborales suele ser relevante en materia de creación de empleos, pero como muestran los casos de Portugal, España, Francia e Italia, difícilmente lo es todo. En un país donde más de la mitad de sus habitantes viven de la “economía en las sombras”, las modificaciones a las leyes laborales y su posible impacto, guardan una relevancia significativa.

La teoría indica que si se flexibiliza la normativa laboral a modo que resulte menos costoso a los empleadores contratar o despedir empleados, éstos tendrían más incentivos para contratar y, por ende, se reducen la informalidad del trabajo y el desempleo. Sin embargo, como demuestran las recientes reformas laborales en Europa, el impacto real de la flexibilización en materia de creación de trabajo ha sido mínimo, debido a que no ha sido acompañada por estímulos económicos adicionales.

En el caso de la República Dominicana, donde, si bien tenemos una capacidad más holgada (aunque no ilimitada) de proveer estímulo directo como se hizo en el 2009 y 2010 mediante el incremento del gasto público, y adicionalmente tenemos el control de nuestra política monetaria, no es menos cierto que la producción local tiene limitaciones competitivas graves tanto de derecho como en los hechos, que son trabas irremontables para la creación de empleos.

Es poco probable que modificar las leyes laborales sirva como estímulo efectivo a la contratación de más personal, ya que la producción local es poco competitiva por el control centrado en un puñado de empresas, que siguen empeñadas en preservar su posición en el mercado, muchas veces con prácticas de legalidad dudosa que imposibilitan la formación y desarrollo de nuevos emprendimientos. Sin nuevas empresas formándose, y con el empresariado tradicional sin interés de evolucionar y crecer más allá de nuestras fronteras, no hay indicio de que más empleos duraderos y de calidad sean creados en el mediano o largo plazo.

De todas formas, es razonable que sea el empresariado que solicite este tipo de flexibilización, como lo será que los grupos sindicales se les opongan. Un seguro de desempleo para erradicar la obligación de cesantía y preaviso pudiera ser formidable para reducir el impacto económico que la movilidad laboral tiene sobre el sector privado, sin embargo, hay factores potencialmente adversos para el empleado que no pueden ser ignorados, y la transición pudiera ser muy caótica.

Insisto en la necesidad de realizar modificaciones sensibles en el procedimiento de ejecución de sentencias laborales y quizás limitar el alcance de algunas de las sanciones pecuniarias que derivan de despidos injustificados y desahucios. Sin embargo, más de eso pudiera ser una aventura peligrosa para la economía y para el mismo mercado laboral por un objetivo que seguiría siendo poco probable de obtener partiendo de una simple modificación del Código Laboral.

El Nacional

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