Desde la provincia de Dajabón hasta la zona turística de Bávaro, en Higüey, abundan los ghettos de haitianos ilegales, donde tienen primacía las costumbres de sus habitantes, y la violencia que exhiben contra los nativos indefensos, ante la mirada indiferente de las autoridades que no cumplen con su rol fundamental de resguardar el orden público.
Los haitianos han arrabalizado muchas zonas visitadas por turistas que observan con espanto el comportamiento incivilizado de los indocumentados, generando un terrible daño a una de las principales fuentes de divisas, pues los extranjeros que nos visitan, llenos de temor, podrían no retornar al país y su decisión tendría un efecto multiplicador, porque se convertirían en caja de resonancia en sus respectivos países.
Además de controlar muchos sectores de las comunidades fronterizas, ahora se añade que los haitianos ilegales son los dueños y señores de las demarcaciones conocidas como Mata Mosquito, el Hoyo de Friusa, Villa Fe, María Verón y Villa Playood, de Bávaro, lugares que se han convertido en recipientes de inmundicias. En Chile, expulsaron los haitianos no solo por ilegales, sino porque eran enemigos de la higiene y nadie soportaba el hedor y la fetidez que salían de sus cuerpos.
Desde hace algún tiempo, los habitantes del vecino país se han dedicados a profanar nuestros símbolos y lugares patrios, donde se exaltan las figuras que nos independizaron y nos dotaron de nuestra nacionalidad. Sus acciones no tuvieron ningún régimen de consecuencias, lo que da lugar a la repetición de esos hechos en diversos puntos de la geografía nacional.
Hace unos días ultrajaron la bandera nacional en Villa Tapia, en el parque de esa localidad frente al busto de Juan Pablo Duarte. La reacción de Migración fue deportar a 137 haitianos que participaron en ese bochornoso acto.
Lo que procedía era someter a la justicia en virtud de lo que establece 360 del año 1843 La legislación en cuestión, expresa taxativamente: se castigará con pena de seis días a un mes de prisión a toda persona convicta de actos irrespetuosos o irreverentes hacia la bandera nacional o hacia el himno nacional o hacia el escudo nacional.
Las normas jurídicas, en su párrafo I y II, expresa: los que con palabras, gestos o vías de hecho cometieran ultraje contra la bandera, el himno o el escudo de la República, serán castigados con la pena de tres meses a un año de prisión y multas de cincuenta a doscientos pesos. Cuando el autor del ultraje sea extranjero, será expulsado del territorio.

