El Tribunal Constitucional (TC) golpeó donde más les duele a las “oligarquías de hierro” de los partidos políticos. Y lo hizo con la sentencia TC/0788/2024, de fecha 13 de diciembre 2024. Declaró la inconstitucionalidad de los artículos 156 y 157 de la Ley 20/23, Orgánica del Régimen Electoral, del 2023.
Con esa decisión el TC dio luz verde para la existencia de candidaturas independientes, tanto a nivel presidencial como congresual y municipal. Los jefes de los partidos políticos se escandalizaron porque perdieron el control y monopolio de las postulaciones.
Pero como nuestros políticos son maestros del amarre de poder y saben salirse con las suyas, sin importar los valores, principios y reglas democráticas e institucionales que violen, tenemos que vigilarlos bien.
No se quedarán con ese golpe del TC.
Prueba de ello es que están usando el Congreso Nacional para burlar lo decidido por el TC. Buscan prohibir las candidaturas independientes por medio de una ley.
Se olvidan de que, conforme a nuestro orden sustantivo, el precedente del TC se nos impone a todos, incluyendo a los poderes públicos, como el Legislativo.
Además, está por encima de cualquier ley que se apruebe. Ciertamente, así es. La ley siempre es una norma infraconstitucional y si riñe con un precedente del TC es nula de pleno derecho. Ese precedente tiene rango constitucional.
Así lo consagra el artículo 184 de la Ley Suprema. Reza: “…Habrá un Tribunal Constitucional para garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales. Sus decisiones son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vincul antes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado…”
Por tanto, la maniobra legislativa en curso ignora los principios más elementales en que se sustenta el ordenamiento jurídico de la República Dominicana. Eso da pena y vergüenza ajena.
Muchos dicen que el TC se equivocó con la decisión que comentamos. Hasta afirman que metió en un berenjenal al sistema electoral y de partidos políticos del país.
Esos juicios reflejan que quienes así opinan, sin base jurídica ni argumentativa, se erigen en superjueces que pueden enmendarle la plana al TC. Olvidan que el TC es la más alta jurisdicción constitucional, y de cierre que tenemos. El precedente del TC, con razón o sin ella, se impone. Solo tenemos, si el TC lo mantiene, la reforma constitucional como remedio.
Y, en consecuencia, las candidaturas independientes son válidas y tienen relevancia constitucional. Para su inscripción y efectos jurídicos plenos, basta con que se cumplan los requisitos que la señalada sentencia establece. Respeten el precedente del TC. No se jueguen con eso.

