Orlando Jorge Mera
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En los Estados democráticos siempre hay una tensión entre el deseo del Poder Ejecutivo de disponer de los medios para lograr sus objetivos de gobierno, y los límites y frenos que le oponen los otros poderes. El principio mismo de la democracia —y aun antes de ésta, desde el liberalismo y la monarquía constitucional— es el gobierno limitado: limitado por la ley, por el Congreso y el poder judicial.
En la democracia, la voluntad popular expresada por medio de las elecciones no otorga al, o a los elegidos, un poder ilimitado, sino un poder distribuido entre distintos órganos que se equilibran mutuamente. Este diseño constitucional hace del ejercicio del poder —en particular de la potestad de administrar los recursos del Estado, de ejecutar las políticas públicas y de utilizar la fuerza legítima— un proceso complejo, sujeto a frenos institucionales que el gobernante puede sentir como obstáculos indeseables. Son los contrapesos del poder.
Ya hemos visto que esa incomodidad con la democracia y los contrapesos del poder se han apoderado de los actuales administradores del Estado, reflejado, por ejemplo, en la ausencia de transparencia en compras gubernamentales en medio de la pandemia del Covid19, lo que ha levantado dudas sobre la eficacia del gobierno en el estado actual de emergencia, a tal punto que han caído en prácticas como conceder compras a personas vinculadas al PLD. Pero esto no solo se queda aquí.
Hemos presenciado cómo candidatos del PLD, se han aprovechado de la actual pandemia para sacar rédito político, llegando al extremo de violar el toque de queda, y luego de las cinco de la tarde, cuando se supone que todos debemos estar en nuestros hogares, hemos visto escenas de candidatos oficialistas en supuestas labores de fumigación y de entrega de alimentos, haciendo propaganda política, como si los dominicanos no hubiésemos despertado hace mucho sobre este tipo de inconductas. En la mayoría de los casos que tenemos documentados, y de los cuales hemos apoderado a la Junta Central Electoral, figura una de las empresas privadas del candidato presidencial oficialista, que ha adquirido notoriedad por viajes al extranjero en búsqueda de equipos de protección personal, en una sustitución burda a las instituciones públicas.
La ley es clara: el artículo 277 del Régimen Electoral No.15-19 otorga facultad a la JCE para adoptar las medidas cautelares que tengan como propósito hacer cesar el uso indebido de los recursos y medios públicos y aquellos que puedan ser considerados ilícitos en la campaña electoral y aquellas que fueren necesarias para garantizar el efectivo cumplimiento de la ley.
La democracia dominicana reclama de reglas que se apliquen para todos. Gran oportunidad para la JCE de sentar las bases del imperio de la ley.

