La Procuraduría General de la República liberó a cuatro hombres, vinculados a un supuesto atentado contra un procurador adjunto en San Cristóbal.
Pedro Juan Emilio Díaz Ramos, Germán David Díaz, Mario Antonio Casado Torres y Santos Amaury Beltré; fueron liberados después que los abogados notificaran un Recurso de Hábeas Corpus, a favor de los cuatro detenidos por ante la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional.
El grupo fue arrestado después de que concluyera la audiencia sobre la apelación a la sentencia que condenó a 20 años al coronel Pablo Leonel Velásquez, alegado autor intelectual de la muerte a tiros del mayor de la Fuerza Aérea Dominicana, Manuel Herrand Mancebo.
En ese proceso, el procurador adjunto, Bolívar Radhames Sánchez Veloz, figura como principal acusador .
Díaz Ramos fue favorecido con un Auto de No Ha Lugar en primera instancia, y luego fue ratificado por la Corte de Apelación de la provincia Santo Domingo, y confirmado por la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia, y siempre comparece a las audiencias acompañados.
Fueron apresados cuando Díaz Ramos se marchaba de la audiencia que se ventilaba en la Cámara Penal de la Corte de Apelación y se iba a montar en su yipeta, siendo interceptado por militares al servicio del procurador adjunto Sánchez Veloz.
Dos de los acompañantes; Kelmes David Díaz y Mario Antonio Taveras Casado, lo dejaron ir y arrestaron a dos; a Díaz Ramos y su chofer.
En la tarde del 4 de octubre, el abogado Rafael Ureña se presentó ante el procurador adjunto y este le requirió a David Díaz y Taveras Casado.
Cuando lo llevó lo dejó preso sin orden judicial y lo envío a la cárcel del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.
Débiles y pocos confiables
Ese alto tribunal, con relación al coronel Pablo Leonel Velásquez, la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia precisa que del exámen de los términos en que fue redactada la sentencia y la ponderación de los indicios como comprometedores de la responsabilidad penal del imputado, son débiles y poco confiables.
Los jueces Hugo Álvarez Valencia, Julio Ibarra Ríos Edgar Hernández, Dulce María Rodríguez de Goris y Víctor José Castellanos, indican que no existen pruebas que lo vinculen a los hechos de manera directas. Sólo existen indicios circunstanciales, que no pueden por si sólo constituir pruebas suficientes para producir una condena, precisa el alto tribunal.
El proceso fue enviado a la Cámara Penal de la corte de apelación de San Cristóbal.
Un Apunte
Los jueces de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia Suprema Indican que los jueces de la Corte de Apelación de la provincia Santo Domingo en su sentencia no despejaron con claridad las razones o motivos para que exista la complicidad que se le atribuye al coronel Velásquez.
