Fue por habérsele vencido el plazo máximo de 18 meses de prisión preventiva que establece el Código Procesal Penal para casos complejos, que la juez del Cuarto Juzgado de la Instrucción, Evelyn Torres, dispuso la puesta en libertad bajo el pago de una garantía económica de Pascual Cordero Martínez (El Chino), acusado de narcotráfico y lavado de activos.
La observación está contenida en el dispositivo de la sentencia que favorece aCordero Martínez con el cambio de medida de coerción de prisión al pago de una garantía de cinco millones de pesos.
En el dispositivo de la sentencia, en la parte octava, la magistrada Torres dicer que se declara el cese por vencimiento del plazo máximo de la prisión preventiva impuesta en contra de Pascual Cordero mediante la resolución 669-2011-0910, de fecha 19 de marzo del año 2011, e impuesta contra José de Jesús Tapia
Más adelante hizo contar que el cese se hizo por haber transcurrido el plazo máximo dispuesto para casos complejos de conformidad con las disposiciones de los artículos 241 y 370 numeral 2 del Código Procesal Penal.
El numeral 2 del artículo 370 del Código Procesal Penal dice textualmente: El plazo ordinario de la prisión preventiva se extiende hasta un máximo de dieciocho meses y, en caso de haber recaído sentencia condenatoria, hasta seis.
Sin embargo, la decisión de la magistrada Torres ha sido criticada duramente por la Fiscalía del Distrito Nacional y la Procuraduría General de la República.
Fallo es de la Fiscalía
Varios abogados, entre ellos Manuel Sierra, salieron en defensa de la magistrada Torres, tras señalar que con ella la Fiscalía del Distrito Nacional y la Procuraduría General de la República han buscado un chivo expiatorio, en razón de que no presentaron en el tiempo que le concede la ley la acusación contra el imputado.
Lo que habría que preguntarse en vez de criticar a la juez es por qué la Fiscalía dejó que cesara el plazo de la medida de coerción sin presentar acusación. Es evidente que la culpa no es de la magistrada sino del Ministerio Público, razonó Manuel Sierra.
Cury
Mientras, el jurista Julio Cury dijo que no ha tenido el honor de tratar personalmente a la magistrada Torres, pero que le consta que su probidad está al abrigo de toda sospecha. Administra justicia aferrada exclusivamente a sus convicciones, alejada de presiones políticas, sumisiones rebañegas, amiguismos coyunturales y provechos personales, precisó Cury.
Me socorre el convencimiento de que ella dignifica la judicatura, pues además de que se esmera por aplicar la ley correctamente y con equidad, la adorna una honestidad sin máculas, una virtud que desgraciadamente escasea, y no hay riesgo en asegurar que nada ni nadie, en el oficio de impartir justicia, ha desviado a la magistrada Torres del camino recto que le dicta su conciencia, subrayó.
Igual opinó el abogado Francisco Fernández Almonte, quien dijo que la magistrada Torres es una persona integra, de valores incalculables, que actúa siempre acorde a las normas establecidas en las leyes, apegada a dichas normas al momento de emitir alguna decisión judicial, quien valora y estudia las leyes para hacer lo positivo y lo que es correcto…imparcial y firme. Estas palabras son pocas al momento de hablar de tan ilustre persona, dijo.

