Conforme a la Constitución, la ley, jurisprudencia y doctrina, el fiscal funge como tutor del menor, por el que debe velar en todo estado de causa, especialmente en la preservación de su integridad física y espiritual, mediante la provisión de garantía sobre sus derechos.
El Código de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes consigna la incapacidad del menor para concertar cualquier tipo de convención y menos aun para dar asentimiento a una relación sexual, que siempre será asumida por el Ministerio Público como un estupro o agresión por parte de un adulto.
Entonces, ¿cómo es posible que el fiscal de San Cristóbal no haya actuado de conformidad con la ley en los 1,810 casos de embarazos de niñas y adolescentes registrados en esa demarcación? La Fiscalía anuncia que investigará esas agresiones sexuales contra menores, pero parece que un poco tarde.
La ley establece que el niño y el adolescente tienen prioridad absoluta en la investigación penal.
