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Promulga Ley Orgánica del Ministerio Público

Promulga Ley Orgánica del Ministerio Público

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley Orgánica del Ministerio Público que lo establece como el órgano  responsable de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal, y ejerce la acción penal pública en representación de la sociedad. 

Asimismo, sometió al Congreso Nacional la modificación de los artículos relativos al rol del Ministerio Público en la investigación para esclarecer su contenido, para asegurar que junto con la Policía Nacional cumpla en perfectga armonía  las respectivas misiones asignadas por la Constitución de la República. 

 La nueva ley está marcada con el número 133-11 y manda que ese órgano garantice los derechos fundamentales de las personas,defienda el interés público tutelado por la ley, promueva  la resolución alternativa de disputas y proteja a las víctimas y testigos.

También establece su  autonomía funcional, presupuestaria y  administrativa, cuya asignación presupuestaria se hará sin perjuicio de los controles externos del gasto público, establecidos en la Constitución.

Añade que el Consejo Superior del Ministerio Público aprobará a más tardar el 16 de agosto de cada año el presupuesto de gastos de la institución,  el cual será remitido  por el Procurador  General de la República al Poder Ejecutivo,  para su incorporación al proyecto de Presupuesto correspondiente  y someterlo al Congreso Nacional.

Entre sus considerandos  destaca que  la Constitución consagra la inamovilidad de sus integrantes,  régimen disciplinario,  escuela de formación y sus órganos de gobierno, por lo que se necesita una ley que regule su integración  y funcionamiento.    

También toma en consideración que la Carta Magna establece un sistema de carrera  para garantizar la permanencia de sus integrantes hasta los 75 años de edad, y proscribe  que estos  participen en actividades políticas partidaristas.

Modificación

El presidente Leonel Fernández sometió al Congreso Nacional la modificación de los artículos 101 y 105, relativos a la creación de la Cuerpo Técnico de Investigación de la Policía Nacional.

En la carta que acompaña el proyecto de modificación, El Gobernante expresa que esas disposiciones han generado confusión en el Ministerio Público y en la Policía Nacional, en cuanto a los roles que les corresponden para «dirigir la investigación penal», perseguir e investigar las infracciones penales».      

El Nacional

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