- Coerción inexistente
La ignorancia jurídica generalizada y estimulada en repeticiones inexplicadas por la prensa y “comunicadores sociales” provoca que el espíritu de las leyes sea desconocido y/o tergiversado por el gran público consumidor de “noticias”, como el caso de las “medidas de coerción”.
A propósito del sonado lanzamiento de excrementos al edificio de la Corte Suprema de Justicia por jóvenes del Frente Amplio de Lucha Popular (Falpo) y la petición, adelantada en la prensa, de prisión preventiva para los sometidos por el Ministerio Público, se trata de un absurdo jurídico.
Las conductas antijurídicas atribuidas a autores del suceso, que buscó evidenciar la podredumbre del sistema judicial, son contravenciones, castigadas con penas correccionales o de simple policía y su tribunal competente es el juzgado de paz.
El caso no debió llegar al juzgado de atención permanente y, peor, el Ministerio Público solicitó su populista “prisión preventiva” como si se tratase de una pena adelantada, pero el premio a la creatividad se lo llevó el juez cuando se inventó medidas coercitivas no contempladas en la ley.
La audiencia para medida de coerción no juzga el fondo del caso, ni imponer castigo adelantado sino asegurar que el imputado no se sustraiga al proceso, descartar el peligro de fuga, pero la ignorancia del público estimulada por populismo mediático ha tergiversado todo y asume como condena.
La imposición de “trabajos comunitarios” por seis meses no existe en el catálogo de medidas coercitivas previstas en el artículo 226 del Código Procesal Penal, en consecuencia, carece de fundamento jurídico y riñe con la ley lo que la reviste de nulidad, conforme a la Constitución.

