Opinión

QUINTAESENCIA

QUINTAESENCIA

La seguridad jurídica en nuestra sociedad depende en gran medida del ejercicio de los profesionales del Derecho y de la agrimensura que asumen la especialidad inmobiliaria con una clara conciencia de su trascendencia y del rigor que demanda. Los capitalistas nacionales y extranjeros vigilan constantemente la situación del derecho de propiedad. Saben que sus riquezas pueden peligrar.

 Esa es una verdad evidente. Recordemos que los embajadores y demás representantes de países acreditados aquí suelen protestar cuando sus compatriotas tienen dificultades con la compra de tierras. No reaccionan igual frente a otros bienes. Eso se debe a que sus inversiones están supeditadas a la seguridad jurídica inmobiliaria.

 Todos sabemos que los capitalistas extranjeros se preocupan principalmente por conocer el régimen legal vigente de la tenencia de las tierras. A partir de ahí, y sin importar la naturaleza de sus negocios, determinan si arriesgan o no sus capitales en el país. Para ellos la fortaleza o debilidad del Derecho Inmobiliario es el termómetro que indica cómo marcha la economía nacional. Los datos estadísticos oficiales que reflejan los índices del desempeño de la macro y la microeconomía los ven con sospechas e incredulidad. Piensan que pueden estar manipulados.

 Sabemos que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha realizado préstamos multimillonarios en dólares para reformar y modernizar la Jurisdicción Inmobiliaria. Los resultados de los programas implementados con esos recursos, en lo esencial, son lamentables, para no decir frustratorios. Los responsables de dirigirlos se ocuparon más en el relumbrón y los recursos materiales que en lo humano, más en las fachadas que en las soluciones, más en las computadoras que en los sistemas operativos. Para muestra, un botón: la deficiencia en los deslindes y sus nefastas consecuencias.

 Nadie se engañe: la participación del BID es una expresión de las exigencias de los inversionistas internacionales. Ellos demandan seguridad jurídica en la propiedad inmobiliaria. Y nuestro Estado necesita responderles.

La práctica ocasional de la materia inmobiliaria no permite adecuar los conceptos del derecho común adquiridos en los años de estudios universitarios. Por eso hay tantos abogados que litigan en la Jurisdicción Inmobiliaria con el criterio de que es igual a la Jurisdicción Ordinaria o salas civiles y comerciales. Garrafal error. Genera grandes perjuicios a los intereses de sus clientes.

Algunos piensan que un juez civilista puede decidir bien casos de inmuebles registrados. Olvidan que los principios y normas generales del Derecho adoptan matices en cada especialidad que no funcionan para las demás materias. Igual que un neurólogo no puede operar con éxito donde lo hace un cardiólogo, aunque ambos sean médicos. La especialidad inmobiliaria es igual. Eviten traumas innecesarios. No afecten la seguridad jurídica. ¡Zapatero, a tus zapatos!

El Nacional

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