Constitución e interés
Los ciudadanos conscientes y activos de nuestra sociedad, que desean preservar sus derechos fundamentales, deben mantenerse alertas las 24 horas de cada día y los 365 días del año. Aquí, por el atraso y la dependencia en que vivimos, siempre se atenta contra esos derechos. La cultura autoritaria está presente. Por todas partes saltan los trujillitos. Muchos jefecitos de turno lo son. Esa constante es una desgracia social tan peligrosa como los ciclones y terremotos.
Todos debemos saber que la lucha por el derecho no tiene fin. El poder se mantiene al acecho y golpea con fuerza los derechos ciudadanos que no están bien protegidos. Por su naturaleza, el poder busca incrementar su hegemonía a costa de los derechos constitucionales. Los derechos sólo existen si cuentan con las garantías que los preserven. Un derecho que no se ejerce, pierde su efectividad. Más aún, no existe. Y los ciudadanos tienen los derechos que son capaces de defender e imponer.
En efecto, así es. La relación de los ciudadanos con el poder es de tensión permanente. No puede ser de otra manera.
Ahora se pretende privar al ciudadano de su condición de guardián de la Constitución. Se ha afirmado que para interponer la acción directa en inconstitucionalidad se requerirá tener un interés legítimo y jurídicamente protegido. En principio, esa condición es correcta. El error garrafal está en la interpretación que ambicionan imponer a esa expresión de derecho. Dicen que sólo cuando el ciudadano sea afectado personal o directamente por la disposición legal que riñe con la Ley Sustantiva, tendrá derecho a incoar la acción. Argumentan que todos los ciudadanos no pueden tener ese derecho, que se debe limitar para reducir el trabajo del Tribunal Constitucional. Con ese desaguisado se crean ciudadanos de primera clase y de segunda. Los primeros podrían reclamar respeto a la Constitución; los segundos, no. Nada más equivocado.
Todos los ciudadanos tienen el derecho de recurrir en inconstitucionalidad contra cualquier norma jurídica que viole la Carta Magna. El interés legítimo y jurídicamente protegido lo genera la condición de ciudadano. Tiene el derecho inalienable a vivir en una sociedad civilizada, bajo un orden constitucional, que le brinde seguridad jurídica e institucionalidad. Y éstas serían palabras huecas y vacías si no se respeta la Constitución. Por tanto, el ciudadano puede solicitar que se declaren nulos toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto que sean contrarios al Pacto Fundamental. El orden jurídico se corrompe cuando se aplica una norma que riñe con la Ley Suprema. Privar a los ciudadanos de derechos para reducir el trabajo de un Tribunal es un crimen.
La Carta Magna consagra los derechos ciudadanos. Los ciudadanos deben cuidar, como la niña de sus ojos, que se respete la Constitución. Si no lo hacen, se suicidan.
