Opinión

QUINTAESENCIA

QUINTAESENCIA

La sociedad dominicana cuenta con un formidable sistema de garantías constitucionales de sus derechos fundamentales. Pocos países pueden exhibir una Carta Magna tan bien concebida como la nuestra. Fue plasmada como una filigrana para proteger a los individuos y a la colectividad de los desafueros del poder. Lástima que algunos, por pasiones mal dirigidas, no quieren darse cuenta de esa verdad y que la mayoría todavía sobrevive en un estado de alienación y embrutecimiento colectivo.

Podemos afirmar, sin riesgo a exagerar, que en los 167 años que llevamos de vida republicana nunca habíamos tenido como hoy un catálogo de derechos tan amplio y expresamente reconocidos en la Carta Magna. Y, lo que es más importante, cada uno de esos derechos posee el mecanismo jurisdiccional que lo protege, lo hace respetar y lo impone a la autoridad pública o a los particulares que pretendan violarlo. Sabemos que los derechos sin garantías no existen en la práctica. Sólo falta que los jueces, en primer lugar, y los factores reales de poder efectivo, en segundo lugar, tomen conciencia de su alta misión e interioricen los valores, principios y normas del Pacto Fundamental. Si eso se logra brotará, como la flor del tallo, el Estado Social y Democrático de Derecho que esperamos.

Cualquier especialista en Derecho Constitucional puede declarar que la mayoría de las anteriores Leyes Sustantivas contenían los derechos que están consagrados en la actual Constitución (26-1-2010). Sobre todo si emplea el argumento nada despreciable de que la carencia expresiva de las viejas Normas Supremas era suplida por los denominados derechos tácitos o contemplados en fórmulas enunciativas y no limitativas. Pero  el Pacto Fundamental actual, además de contener una especificidad más completa, también emplea esa fórmula general que lo agiganta. Ahí está una de las razones de su superioridad.

Ahora bien, todos los que estudien la Constitución con método científico y desapasionamiento, sabrán que es un documento jurídico fundamental para avanzar en las conquistas de reivindicaciones sociales pendientes, que se corresponde con nuestros tiempos y con las aspiraciones más sentidas de los sectores  progresistas. Tiene luces y sombras como toda obra humana y esencialmente jurídico-política. Pero su brillantez general aclara las oscuridades particulares. Más aún, tiene los mecanismos garantistas para eliminar sus  sombras. Basta con que la interpretemos y la apliquemos como debe ser, al servicio del pueblo.

Recordemos que contamos con el sistema concentrado de control de la constitucionalidad. Lo ejerce el Tribunal Constitucional. También tenemos el sistema difuso. Descansa en cada juez de la República. Además, poseemos la acción de amparo, en sus siete modalidades o tipos. Lo que nos falta es conciencia y acción cívica para vivir en una sociedad civilizada. Avancemos en esa dirección.

El Nacional

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