SCJ, TSA y violaciones.-
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La resolución núm. 3642-2016, que aprueba el reglamento de desjudicialización de deslinde y procedimientos diversos, de fecha 15 de diciembre de 2016, dictada por el pasado Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), que es objeto de nuestra sana crítica, para el aporte doctrinal y con claro propósito académico, merece considerarse como un grave desacierto jurídico de la función administrativa de los órganos del Estado.
El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), representado por su presidente, el doctor Surún Hernández, interpuso ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) el recurso contencioso administrativo, en que sostuvo que la SCJ “…desbordó sus límites al dictar un reglamento que despoja a los tribunales de sus competencias jurisdiccionales, facultad esta únicamente acordada al Congreso Nacional, violando así el principio de legalidad y el principio de jerarquía normativa; transgredir la Ley núm. 107-13, y de esa manera al debido proceso, como también que se vulnera la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, en sus articulo 55, 130 y párrafo y la Ley 821 sobre Organización Judicial…” (sic).
Y concluyó de la manera siguiente: “Primero: Declarar bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso administrativo, por haber sido interpuesto de conformidad con la Ley; segundo: En cuanto al fondo, tengáis a bien declarar la nulidad absoluta por violatoria de la resolución Núm. 3642-2016, de fecha 15 de diciembre del 2016, que aprueba el Reglamento de Desjudicialización de Deslinde y Procedimientos Diversos, dictada por la Suprema Corte de Justicia, mediante la cual se intenta desjudicializar el procedimiento de deslinde y partición de inmuebles registrados en violación a la Ley 108-05, Ley 821 y la Constitución” (sic).
El TSA instruyó el expediente. Fueron puestos en causa tanto la SCJ, como parte recurrida, y el Procurador General Administrativo (PGA), representado por el magistrado César A. Jazmín Rosario, como representante legal de las instituciones públicas. Resulta que la SCJ fue notificada y no se defendió. No produjo escrito de defensa ni de contrarréplica. Con esta total pasividad procesal, el presidente actual de la SCJ, Luis Henri Molina, mandó un mensaje fuerte y claro. Interpretamos que no apoya el desaguisado jurídico cometido por el anterior Pleno de la SCJ con la puesta en vigencia de la impugnada resolución.
Ese es un buen precedente del magistrado Luis Henri Molina. Entendemos que ahora se busca respetar el orden constitucional y legal. Ojalá que todos los nuevos funcionarios tengan esa valentía: Que sean capaces de oponerse a los entuertos que sus predecesores cometieron.

