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Quintaesencia: Trabajadores y SDSS

Quintaesencia: Trabajadores y SDSS

Rafael Leonidas Ciprián

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Continuamos con el ejemplo del Ministerio Público. Si ese funcionario judicial tiene 4 millones de pesos ahorrados en el SDSS, le cubrirán con una “pensión” o devolución de sus fondos, con RD$12,000.00 mensuales, hasta que se le agote el dinero que acumuló.

Si es un Procurador Fiscal de Corte, que tiene un salario mensual de unos RD$170,000.00 mensual, recibirá la “pensión” de RD$12,000.00, igualito.

Peor aún, cuando se le agoten esos fondos, ese magistrado se queda sin pito y sin flauta, y con dolores.

Esto de la falsa pensión del SDSS es trágico si consideramos que el desafortunado miembro del Ministerio Público está enfermo y viejo. Necesita más que nunca su pensión para cubrir gastos de medicamentos y manutención.

Ahora bien, si hacemos un simple cálculo financiero con los 4 millones ahorrados por ese Ministerio Público en el SDSS, veremos otra cara de las verdades groseras del sistema. Veamos:

Los 4 millones invertidos en la Bolsa de Valores, con instrumentos financieros del Banco Central, que en la actualidad ofertan la tasa de rendimiento del 12%, a tres años, y pagos de intereses semestrales. Ese Ministerio Público recibirá RD$480,000.00 anual y RD$240,000.00 semestral, que serán RD$40,000.00 mensual. O sea, casi cuatro veces lo que le devolverán mensualmente en el SDSS, y solo de intereses, porque su capital se le retornará al término de la inversión.

Esa inversión, y mejores que esa las hacen las ARS y AFP. Le devuelven al pobre trabajador o infeliz Ministerio Público una mensualidad como “pensión”. Burda estafa. Representa una mínima parte de los intereses que ellas ganan con el dinero ajeno. Se quedan con el capital. Y el trabajador o Ministerio Público se queda con la miseria y los dolores.

Y si eso le sucede a un digno y esforzado miembro del Ministerio Público, los hombres y mujeres, profesionales del derecho, que realizan las investigaciones y acusaciones contra los ilícitos penales, ¿qué les puede quedar a los simples y pobres trabajadores del montón?

 Todavía más, muchos empresarios no cumplen con sus aportes al SDSS. Suelen no inscribir a sus trabajadores en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS). En ocasiones les hacen descuentos de sus salarios y ni tienen Comité de Seguridad y Salud. Esto sucede con los pequeños empresarios o algunos de las MIPYMES.

 Los trabajadores pueden dimitir o poner término a su contrato de trabajo por la falta grave de su empleador al no inscribirlos en el SDSS. Esa decisión conlleva un proceso judicial en los tribunales laborales. Si se prueba la falta, la dimisión será declarada justificada y se condenará, además, en daños y perjuicios a la empresa. Pero el monto de la indemnización será insignificante siempre.

 Y así vamos con el mentado SDSS.