Opinión

Resolución reivindicadora

Resolución reivindicadora

La sentencia del juez José Alejandro Vargas, que declara inadmisible el procedimiento empleado para solicitar la homologación de un acuerdo entre la Procuraduría General de la República y el consorcio Odebrecht, reivindica el compromiso de la justicia de ser custodio y salvaguarda del debido proceso.

El magistrado presidente del Décimo Juzgado de Instrucción ha señalado como fundamento de su fallo que el Ministerio Público desbordó el principio de legalidad, al condicionar el ejercicio de la acción penal a un criterio de oportunidad que no le ha sido dado en virtud de algún mandato legal.

Al criterio del juez, la solución acordada entre Odebrecht y la Procuraduría General es la conciliación y no la suspensión condicional de la pena y el procedimiento penal abreviado, que requiere de otro remedio procesal.

Tal y como expresa la referida resolución, en el ordenamiento penal dominicano las partes que pueden conciliar son aquellas que tengan calidad de denunciantes, querellantes, víctimas u ofendido y querellado, siempre que se trate de infracción de acción pública a instancia privada, o ante el juez, cuando la querella sea de acción privada.

Es claro que el Ministerio Público no cumplió con las formalidades requeridas por la ley, o dicho más claramente intentó producir la validación de un acto de conciliación sin previamente identificar y encausar la infracción penal que motive ese proceso.

Se resalta que la resolucióno del magistrado Vargas no aborda el contenido del acuerdo entre Ministerio Público y Odebrecht, sino que ordena recomponer calidades y ajustarse al debido proceso, lo que debería asumirse como una reafirmación del compromiso del orden judicial de respetar y hacer cumplir las formalidades procesales.

Esa resolución representa un contundente mensaje a todos los sectores involucrados en el debate sobre corrupción e impunidad, de que la justicia exigirá en todos los expedientes el estricto cumplimiento del debido proceso y de que será garante de los derechos de procesados, víctimas, querellantes y del interés de la sociedad.

Al Ministerio Público y a Odebrecht no les queda otro camino que recomponer su solicitud de homologación del referido acuerdo, que tendrá que cumplir con el requisito de ley que señala que la acción pública penal precede a la conciliación y que los intervinientes deben mostrar calidades legales en ese proceso.

El Nacional

Es la voz de los que no tienen voz y representa los intereses de aquellos que aportan y trabajan por edificar una gran nación