Opinión

San Cristóbal y los jueces

San Cristóbal y los jueces

En San Cristóbal nació, cual radiante epopeya, la Constitución de la Republica, que dio vida, institucionalidad y luz a la Nación Dominicana, nacida el 27 de febrero de 1844. A través de la historia y el tiempo, la Corte de Apelación Penal, y hace algunos años la creación de la corte civil y comercial, han sido modelos dentro del contexto judicial, por sus hombres y mujeres que gozan de excepcionales condiciones  ciudadanas.

De las Sentencias que Casa la Suprema Corte de Justicia, aproximadamente un 30 por ciento, son enviadas a la Corte penal de mi pueblo, en señal de pureza y capacidad de sus integrantes. Al Consejo Nacional de la Magistratura, presidido por el presidente de la República y connotado jurisconsulto Leonel Fernández, y por prestigiosos ciudadanos,  le solicitamos cortésmente que, en los cargos vacantes de la Suprema y  en el Tribunal Constitucional, elegir a magistrados íntegros, con fuerza moral suficiente en la augusta misión de proclamar justicia, que no adulen a los poderosos ni se inclinen ante sus pretensiones, ni someterse al despotismo, ni humillar a los “débiles”.

En un acto de auténtica justicia, El Consejo Dominicano de Derechos Humanos (CODEH), propone al Consejo de la Magistratura, ponderar y designar algunos de los integrantes de la Corte Penal, formada por los honrados magistrados doctores Norma Castillo de Franjul, Félix Matos Acevedo, Cesar René Peñaló y Darío Adames, así por los también honestos jueces civil y comercial, Luis Leger Barinas, Genara Araújo Puello, José Alfredo Biaggi Lama, Procorpio Pérez y Rafael Sigfrido Cabral.

Igualmente, tomar en consideración, para algunas de esas funciones a los brillantes juristas Matías Modesto del Rosario, juez de la Corte Civil y Comercial de Santo Domingo;  Francia Calderón Collado, procuradora general de Medio Ambiente de San Cristóbal; al licenciado César Darío Nina Mateo, Fredy Eduardo Matos Nina, Elvin Díaz Sánchez y el procurador fiscal, licenciado Faustino Pulinario, de conformidad a los artículos 180 en su primera parte y 182, 183, 184, 186, y 187 de la Constitución.

Con la humildad que nos caracteriza, agradecemos profundamente a las entidades y personas que sugirieron mi nombre para figurar en la lista de jueces, pero razones personales me impiden optar a tan elevada investidura, declamando en silencio a un poeta inglés quien escribió: “Si un pajarillo caído, con amor puse en su nido; si un acto o palabra mía, llevo a un triste la alegría; si una lágrima he enjugado; si una pena he consolado; si al pobre que auxilio implora, tendí alguna ves la mano; si al morir alguien me llora, ¡Yo no habré vivido en vano!”.

El Nacional

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