La Sociedad General de Autores, Compositores y Editores Dominicanos de Música Inc. (Sgacedom) que administra los derechos de comunicación pública, relacionado a las obras musicales, derecho que es definido como derecho de autor, responde y hace algunas precisiones a las declaraciones que ha emitido el presidente de la Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales privados –Andeclip-, Rafael Mena.
Alejandro Martínez, presidente de Sgacedom, aclara que el uso de la música en todo lugar donde se genere ingresos, por las vías que fueren, de acuerdo a la ley 65-00, de acuerdo a su uso: ambiental, accesorio, necesaria, con artistas en escena, requiere de una licencia que permita la explotación de las obras musicales, excepto cuando se trate de los usos que se consideran como únicas excepciones, según lo establece el Art. 44 de la ley 65-00.

