POR: Eddy Olivares Ortega
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Voto en blanco e inconformidad
Apenas habían transcurrido cuarenta y cinco minutos después de cerrar las urnas, cuando ya se había computado preliminarmente el cien por ciento de los votos, que arrojaron como resultado principal, la celebración de una segunda vuelta para elegir al presidente de Colombia. En tanto que, vencedor, el candidato de la oposición, Oscar Iván Zuluaga, que obtuvo el primer lugar, disfrutaba del éxtasis de la victoria, mientras que al mismo tiempo, vencido en la primera batalla, el candidato de la reelección, Juan Manuel Santos, que ocupó el segundo lugar, sufría la agonía de la derrota.
Como consecuencia de lo anterior, toda la atención se concentró en las posibilidades de triunfo de ambos candidatos en la decisiva próxima jornada electoral. Sin embargo, muy pocos reconocieron que el verdadero triunfo le correspondió al mayoritario sesenta por ciento de electores que decidieron ignorar la convocatoria al sufragio contenida en la Constitución Política. Y mucho menos admitieron el vigoroso mensaje dejado en las urnas por 770,610 ciudadanos que acudieron a las mesas electorales, con el firme propósito de marcar, en contra de los candidatos y sus partidos, el recuadro correspondiente al voto en blanco.
Cuando de abstención electoral y voto en blanco se trata, las élites partidarias prefieren esconder la cabeza como el avestruz, para no contemplar el progresivo desinterés de los electores por las elecciones, tal y como acontece en la genial obra de ficción, Ensayo sobre la lucidez, de José Saramago, en la que una inmensa mayoría de los ciudadanos, sin reparar en ideologías, creencias religiosas o clases sociales, manifestan su descontento con los partidos y sus líderes votando en blanco.
Tanto en España como en Colombia algunas elecciones locales han sido ganadas por el voto en blanco. Pero, ¿qué es ese voto en el que cada día se inscriben más ciudadanos? La definición más completa, precisamente, la podemos encontrar en la sentencia CC-490/2011 de la Corte Constitucional de Colombia, que lo considera como “una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos”, agregando más adelante que “el voto en blanco constituye una valiosa expresión del disenso a través del cual se promueve la protección de la libertad del elector”.
Las principales causas que motivan la falta de interés en el acto electoral, se pueden atribuir a razones políticas tales como la desvinculación de los partidos políticos de los asuntos concretos que afectan a la comunidad, la falta de credibilidad de éstos ante el incumplimiento de las promesas electorales y la falta de transparencia en la administración de la cosa pública. No obstante, en lugar de procurar corregir estos vicios de la democracia, las élites partidarias se inclinan por implementar el voto obligatorio, con las correspondientes sanciones, como la salida más fácil para superar la preocupante abstención.
En nuestro país, aunque no está prohibido por la Ley Electoral, el pleno de la Junta Central Electoral ha rechazado la inclusión en la boleta de un recuadro para el voto en blanco, bajo el argumento de que el artículo 97 los limita exclusivamente para los partidos políticos.