Por Danilo Cruz Pichardo
danilocruzpichardo@gmail.com.-
La Ley 311-14 es una versión modificada y actualizada de lo que fue la ley No. 82, sobre Declaración Jurada de Bienes. Depositar un documento notarizado, ante la Cámara de Cuentas, que exprese el patrimonio de un funcionario público, es un simple requisito legal. Se hace tanto al llegar a un cargo como al abandonarlo.
Se observa mucha sorpresa con el corre corre que se ha armado entre los funcionarios, porque nunca antes ningún presidente de la República había advertido sanción para todos aquellos que no cumplan con esa normativa. No había hábito de respeto a la Ley 311-14 y la Cámara de Cuentas, organismo supuesto a dar seguimiento, se tornó infuncional.
Más que ocasionar sorpresa lo que aconseja el momento es saludar al jefe de Estado por procurar que se cumpla la ley. Es una medida que se inscribe dentro de un conjunto de pasos encaminados al adecentamiento de la administración pública.
Nuestro país alcanzó niveles alarmantes en el pasado reciente, en materia de corrupción pública e impunidad, en el ámbito mundial, pues organismos internacionales nos presentaban de puntero en malversación de fondos estatales y falta de institucionalidad.
Que bueno que se hacen esfuerzos para superar esa percepción y que los recursos del contribuyente (¡Por fin!) tendrían un mejor destino. Aunque fue bajo amenaza, la declaración jurada de bienes, de servidores que tienen bajo su responsabilidad rendir cuentas, es saludable. Y es una de varias medidas que tienen la finalidad de evitar el desvío de recursos del contribuyente.
Ya antes se había designado al licenciado Carlos Pimentel, representante de Transparencia Internacional en el país, como director de Compras y Contrataciones del Estado.
También fue una medida de alta aprobación pública la designación de la doctora Miriam Germán Brito, en la Procuraduría General de la República. Es una profesional independiente al partidarismo político.

