La esperanza de disfrutar una pensión digna al optar por el retiro, forma parte de las expectativas mínimas que se crea una persona al incorporarse a la vida laboral. Las prestaciones por despido forzoso, junto a la pensión por retiro al acumular los años reglamentarios o por inhabilitación física, son derechos adquiridos que toda legislación moderna garantiza.
El Estado está fundado sobre el respeto a la legalidad, por lo que no se puede, bajo el bombardeo de ciertas instancias de opinión, echar por tierra esos derechos adquiridos, que forman parte de cuestiones de índole social.
En las sociedades organizadas el asalariado programa su retiro y en función de las proyecciones sobre su pensión, está seguro de que al final de su vida laboral no será una carga ni para la sociedad ni para sus parientes.
Lamentablemente, en nuestro país, al parecer lo que se persigue es que a la hora del retiro, no importa el nivel de su servicio al Estado, cada jubilado represente un homeless en potencia.
Con la impugnación de las pensiones en algunas instituciones o entidades del Estado, estamos en presencia de unos indicios penosos que apuntan a la satanización de ese derecho, con el único argumento de establecer comparaciones que resulten odiosas.
Lo mismo que sirvió de base para argumentar contra determinados niveles salariales en el Estado, partiendo de una premisa de supuesto desequilibrio cuando se contraponen a los ingresos que perciben miles de asalariados de la Administración Pública, cuyos ingresos a duras penas alcanzan para caerse muertos.
Decía en una opinión anterior que el hecho de que haya veinte o treinta grandes salarios no debería ser motivo de estigmatización, sino más bien una meta. Lo mismo que deberían ser las pensiones, es decir, procurar que más empleados y trabajadores puedan jubilarse con ingresos decentes.

