La directora general interina de Impuestos Internos advirtió hoy a los contribuyentes del sector comercial, cuyas ventas de bienes o servicios sujetos al ITBIS sean mayoritariamente para consumidores finales y hayan iniciado operaciones durante los años 2009 Y 2010, que tienen un plazo hasta el 1ero de junio para la instalación de las impresoras fiscales.
La licenciada Germania Matos hizo el anuncio a través de un aviso público que circula este miércoles, en atención a lo establecido por el Decreto Presidencial No. 451-08 sobre el Reglamento para el uso de las Impresoras Fiscales.
Impuestos Internos recuerda que en su Artículo No. 2 el Decreto 451-08 establece que todos los contribuyentes del sector Retail están obligados a utilizar Impresoras fiscales, y que partir de la fecha sea establecida por la administración tributaria.
De acuerdo al mandato que la DGII ordenó, el Reglamento para el Uso de Impresoras Fiscales estableció que todas las personas físicas o jurídicas cuya actividad comercial consistiese en la venta de productos o prestación de servicios mayoritariamente a consumidores finales que se instalasen luego de la emisión del Decreto del Poder Ejecutivo 451-08, están obligadas a utilizar impresoras fiscales.
Para aquellos contribuyentes del Sector Retail de la economía que a la fecha de la emisión del Reglamento de Uso de Impresoras Fiscales se encontraban operando, la DGII decidió incorporarlos gradualmente de acuerdo a criterios de afinidad en su actividad comercial y volúmenes de venta, a los fines de garantizar la equidad tributaria.
