La Tercera Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional le dice a la fiscal Yeni Berenice Reynoso que los recursos de hábeas corpus no se apelan, tras declarar inadmisible dos recursos de apelación a la decisión de la Cuarta Sala Penal que dispuso la libertad del regidor Erickson de los Santos Solís.
El pleno, integrado por los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Nancy María Joaquín Guzmán, July Elizabeth Tamariz Núñez, Daniel Julio Nolasco Olivo y Ramón Rodríguez López, precisa en la sentencia que los recursos de hábeas corpus no se hallan dentro de las decisiones que pueden ser recurridas en apelación, según lo establece el artículo 386 del Código Procesal Penal.
Sostienen que el caso no es recurrible porque no fue rechazado ni denegó la puesta en libertad, según se lee en la sentencia, copia de la cual posee El Nacional.

