Opinión

Carta de los lectores

Carta de los lectores

¿Justicia efectiva?

Señor director:

En una experiencia personal reciente, recurrí a un  proceso de arbitraje ante el Centro de Resolución Alternativa de Conflictos, por ante la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, y  pude constatar lo deficiente e injusto que puede ser este proceso.

Hasta tal punto llegó mi decepción,  que he llegado a preguntarme, si en realidad es una cláusula contractual efectiva para proteger los derechos que se otorgan contractualmente o si se convierte en un mero instrumento de abuso de la parte más fuerte en un contrato.

Mi experiencia se produjo en ocasión de  la compra de un inmueble que no me fue entregado a tiempo por el vendedor, entonces me percaté de que para que las autoridades competentes accionaran en el caso  tenía que pagar una suma exorbitante de dinero. Solo para accionar ante el tribunal arbitral.

¿Por qué una ley que restringe tan drásticamente al ciudadano para hacer valer su derecho? Digo restringe, porque el hecho de tener que pagar cuantiosas sumas para acceder a un proceso legal es una camisa de fuerza que la convierte en salvavidas de quien ha violentado un derecho, hundiendo más al afectado.

En mi opinión esa cláusula debería permitirse solo en casos aislados, quizás entre empresas o corporaciones, pero no entre una gran corporación y un pequeño comprador que quizás ha puesto los ahorros de toda su vida en manos de esa empresa y luego, cuando tiene que reclamar  no tiene recursos.

Otro punto, que creo es el más importante, es que después del veredicto final de los árbitros, el cual, según la cláusula arbitral o compromisoria es “definitivo y no susceptible de ningún recurso ordinario o extraordinario y podrá ser ejecutoria de inmediato” este debería respetarse ya que usualmente una de las partes, la que ha perdido, pide una nulidad ante los tribunales. Entonces de nada sirve haber pagado tanto  dinero. Los tribunales ordinarios no deberían ni recibir las demandas que vienen de la Cámara de Arbitraje ya con un laudo arbitral. 

En este sentido, exhorto a los legisladores a tomar en cuenta  estos aspectos para hacer de la ley arbitral una ley que en realidad cumpla su cometido que es la celeridad en el proceso. Mientras tanto, el firmar un contrato con esa cláusula es un arma de doble filo, ya que cualquier reclamación  saldrá más cara e igual de largo el proceso litigioso.

Atentamente,

Rafael Calventi Cuello

Arquitecto

El Nacional

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