Opinión

Cartas de los lectores

Cartas de los lectores

Una verdadera capital

Señor director:

La capital fue definida o descentralizada después de un intenso análisis marcado por ese gran municipalista. que fue el doctor José Francisco Peña Gómez. En calidad de ex síndico y presidente del PRD, logró acertar en  que venía representando una gran responsabilidad para los alcaldes, terminando su diseño por el legislador mediante la Ley 163-01.

Al descentralizarse por ley, la capital  quedó reducida en terreno, pero un gran trabajo esperaba a la administración por venir, pues tenía en sus manos la responsabilidad de organizar un verdadero planeamiento para la capital que estrenábamos.

En su artículo 122, la ley 176-07 establece: ¨Los Ayuntamientos aprobarán a iniciativa de los síndicos y con participación de la comunidad, planes municipales de desarrollo a los fines de lograr una utilización e inversión adecuada de los recursos municipales para impulsar su desarrollo integral, equitativo y sostenible de su comunidad”.

 Se menciona algo fundamental  y es la  equidad que debe propiciar el cabildo como órgano planificador.

El acápite C de este artículo expresa: “Los ayuntamientos deben lograr un ordenamiento racional e integra de su territorio municipal”; pero cuando vemos el crecimiento desordenado en algunas zonas vemos que por años ha faltado una gran dirección de planeamiento urbano.

Son muy acertadas en los foros las opiniones de los regidores Kalil Michel y Waldys Taveras, el primero urbanista y arquitecto, y el segundo un gran abogado municipalista, que colaboró en la redacción de la Ley 176-07. Ellos han planteado la necesidad de reorganizar el planeamiento urbano debido a que en estos momentos  no existe tal regulación, ni planificación de un ordenamiento territorial.

Es decir el desarrollo inmobiliario no puede ser marcado para un grupo de comunidades y los esfuerzos hechos por los grandes constructores,  y el ejemplo es que solo para comunidades como Naco, Piantini y Los Cacicazgos, existe una mediana regulación, dejando fuera de todo planeamiento sistemático comunidades los ensanche Luperón, La Fe, El Manguito y 24 de Abril.

Sólo con planeamiento se logra un crecimiento sistemático, ordenado y equitativo, como  dispone la Ley 176-0,7 del Distrito Nacional y los municipios.

Atentamente,

Lic. Rafael Linares

Consultor legal

El Nacional

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