Neotrujillismo
Señor director:
En estos días asistimos a un festival nauseabundo de opiniones de gente ignorante que desconocen los conceptos de dictadura y tiranía. Entiendo la frustración que tiene mucha gente. El dominicano se ha caracterizado por no leer, sino por ponerse a opinar de todo, sin tener la menor noción de lo que dice.
Cuando estoy en el extranjero y abro las redes sociales, me preguntan que si quienes escriben ahí están internos en un manicomio.
Alguien expresa un pensamiento sobre algo y casi de inmediato, sin terminar de leer, ya alguien está opinando y respondiéndole sobre otra cosa muy distinta de lo que dice arriba. Además, por lo regular, lo hacen insultando al que expresó su pensamiento.
Hay una incapacidad para discriminar términos, simplemente por fanatismo político o religioso, en fin cualquier fanatismo es fatal. Pero hay un lote de dominicanos que se han frustrado políticamente y se han refugiado en las redes lloriqueando su situación, opinando por qué no ganaron una elección, ya lo que hay es una dictadura. Que es preferible el régimen de Trujillo a lo que está ocurriendo hoy en el país.
Pero pregúntale en qué libro ha leído algo sobre Trujillo y te responderá negativamente. Este es un neotrujillismo raro, basado solo en una incapacidad para llegar al poder por la vía electoral. Por carecer de una organización idónea, de programa político y de una propuesta viable que se gane el favor del pueblo.
Atentamente,
Alfredo Rafael Hernández
Libertad de elección
Señor director:
El empuje de la libertad de elección como un derecho fundamental se origina desde el artículo 53 de la Constitución de la República concadenado con el artículo 33 de la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, No. 358-05, del 9 de septiembre de 2005, que establece que “… los derechos del consumidor conferidos en disposiciones legales y reglamentarias vigentes y en el derecho común, se reconocen como derechos fundamentales del consumidor o usuario”.
Con sustento en esa misma norma, consumidor tiene derecho a elegir, dentro de su ámbito de libertad individual, la forma y el medio de acceder libremente a los bienes y servicios que se ofrecen. La ley indica, el literal h) del citado artículo, que tienen derecho a “acceder a una variedad de productos o servicios que permitan su elección libre, al igual que le permitan seleccionar al proveedor que a su criterio le convenga”.
Atentamente,
Nelson Rudys Castillo

